En qué consisten los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual en actuaciones policiales

Presidente de la República, Gabriel Boric Font, promulga la Ley que regula los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual en actuaciones policiales. Desde la 44° Comisaría de Lo Prado. Foto: Diego Martin / Agencia Uno.

La Ley recién promulgada por el Presidente Boric, se enmarca en la política de Estado de la Reforma a las Policías y para el primer año de su implementación, que sería el 2024, se contempla un presupuesto de más de 7 mil millones de pesos. “Cifra que con los años va a ir creciendo”, afirmó la ministra del Interior, Carolina Tohá.


Hasta la 44° comisaría de Lo Prado, llegó la mañana de este martes el Presidente Gabriel Boric, junto a la ministra del Interior, Carolina Tohá, y el titular de Justicia, Luis Cordero, para promulgar la Ley que regula los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual en actuaciones policiales.

Según aseguraron desde Presidencia, la Ley se enmarca en la política de Estado de la Reforma a las Policías. Además, contó con un apoyo transversal de distintos sectores políticos en el Congreso y es parte de la agenda priorizada de 31 iniciativas, que acordó el Ejecutivo con el Legislativo a inicios de año, de las cuales ya hay 19 despachadas.

En ese sentido, el Mandatario agradeció al Parlamento. “Quiero partir agradeciendo al Congreso Nacional por su pega en esto, a todas las fuerzas políticas porque, si no me equivoco, fue unánime la aprobación de este proyecto. Generar una unanimidad en las fuerzas políticas en este tiempo no es fácil y en este caso se ha hecho”.

“Acá no necesitamos grietas, cuando hay grietas, el narcotráfico, el crimen, el crimen organizado, encuentra como colarse, tenemos que trabajar en conjunto. Menos palabras, más acción”, sostuvo el jefe de Estado.

Presidente de la República, Gabriel Boric Font, junto al Ministro de Justicia Luis Cordero y la Ministra del Interior, Carolina Tohá, promulgan la Ley que regula los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual en actuaciones policiales. Desde la 44° Comisaría de Lo Prado. Foto: Diego Martin / Agencia Uno.

Por su parte, la ministra Tohá aseguró que “el conjunto” de las acciones que se han llevado adelante orientadas a las fuerzas policiales, “sí es una reforma a las policías, eso sí que es un fortalecimiento a las policías y que, acompañado con otros esfuerzos (…), están haciendo que el país esté preparado realmente y en condiciones de enfrentar los desafíos de seguridad que hoy día tenemos”.

¿En qué consiste la Ley?

En concreto, la norma promulgada establece como regla general que los funcionarios policiales de Carabineros y la PDI, deberán grabar sus actuaciones en lugares públicos, de libre acceso al público y en lugares cerrados cuando realicen detenciones en flagrancia y registros (con o sin autorización judicial). Además, las unidades de Fuerzas Especiales de Carabineros deberán siempre portar las cámaras en sus uniformes.

El proyecto contempla ir aumentando periódicamente las unidades que deberán portar obligatoriamente este tipo de elementos. Así lo explicó la ministra Tohá.

“Este proyecto de ley asume que el estándar debiera ser con el tiempo que los conjuntos de todas las actuaciones policiales puedan registrarse, pero vamos a hacerlo gradualmente, partiendo con aquellos servicios que son más indispensables”, señaló la ministra de Interior.

En esa línea, destacó que, “a través de una normativa que va a ir dictando el Ministerio del Interior, se van a ir incluyendo otras unidades, tanto de Carabineros como de la PDI”.

Respecto al material almacenado en las cámaras, la Ley establece que se debe entregar al Ministerio Público obligatoriamente, para su uso como prueba en procesos penales, el deber de destruir los antecedentes que sean obtenidos en lugares no permitidos por la norma, o bien, si estas no resultaren útiles para la investigación, de acuerdo a lo establecido por Fiscalía, una vez transcurridos dos años desde el registro.

Además, se establecen sanciones para los funcionarios que “modifiquen, oculten, eliminen o alteren de cualquier forma” los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual. En caso de efectuar algunas de esas acciones, el funcionario será castigado con suspensión del empleo en su grado máximo (suspensión de 2 años y un día a tres años) y multa de quince a veinte unidades tributarias mensuales (UTM).

12 DE DICIEMBRE DE 2023 / SANTIAGO Presidente de la República, Gabriel Boric Font, promulga la Ley que regula los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual en actuaciones policiales. Desde la 44° Comisaría de Lo Prado. Foto: Diego Martin / Agencia Uno.

Para el primer año de implementación, que sería el 2024, se contempla un presupuesto de $7.407.543.000 millones. “Cifra que con los años va a ir creciendo”, afirmó Tohá.

Dicho presupuesto contempla el arriendo anual de 4.433 dispositivos para funcionarios de Carabineros y PDI. La ministra Tohá explicó que las cámaras serán arrendadas, puesto que, de esa forma, se podrá contar con ejemplares con “tecnología de punta y mantenidas permanentemente”.

Además, la ley destaca que el protocolo de uso y gestión de los registros quedarán normados por un reglamento dictado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, previo informe de Carabineros y la PDI.

Dichos reglamentos, deberán dictarse en un plazo de seis meses desde que la Ley es publicada. De esa forma, la ley comenzará a regir seis meses después de la publicación de dichos reglamentos.

Distribución de cámaras por institución

En total se distribuirán 4.433 cámaras, dentro de las siguientes unidades policiales:

Carabineros

  • COP (Orden Público) = 1.630
  • OS7 (Investigación Drogas) - OS9 (Investigación Organizaciones Criminales) = 493

Policía de Investigaciones

  • Brigadas Robo - Brigadas Investigación Criminal = 1.469
  • Brigadas Antinarcóticos - Crimen Organizado - Reacción Táctica - Investigaciones Criminales = 841

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