La resolución del gobierno de Piñera que contradice a Monsalve: exige pedir antecedentes médicos para otorgar pensiones de gracia

El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, junto a Juan Francisco Galli. Foto: Francisco Paredes / AgenciaUno.

El subsecretario del Interior aseguró que "ni en la ley, ni en la glosa 12, ni en el reglamento se estableció que tenían (que presentar) antecedentes médicos”, sino que “habla de afectación”. Sin embargo, una resolución exenta firmada por quien lo antecedió en el cargo en el gobierno anterior, Juan Francisco Galli, plantea lo contrario. El documento fue citado por el mismo Monsalve en una presentación.


Luego de que un informe de la Contraloría General de la República evidenciara que 10 casos de beneficiados con pensiones de gracia en el marco del estallido social no presentaron antecedentes médicos, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, salió a defender esta tarde que “ni en la ley, ni en la glosa 12, ni en el reglamento se estableció que tenían (que presentar) antecedentes médicos”, sino que “habla de afectación”.

“Dice afectación. Cada una de las personas que recibieron la pensión de gracia del informe del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) tenía un certificado, y ese certificado decía que esa persona tenía una afectación en el marco de un estallido social”, aseguró.

Lo cierto es que la glosa 12 de la Ley de Presupuesto -que regula el procedimiento para entregar estos beneficios- del año 2022 efectivamente solo habla de “afectación”, lo que implicaría que sería lo único necesario para acreditar tales daños: “Con cargo a estos recursos se podrá considerar como beneficiarios, a personas afectadas en el contexto de las manifestaciones iniciadas en el mes de octubre de 2019, conforme a lo establecido en la ley N°18.056″.

Sin embargo, Monsalve omitió una resolución exenta sobre el procedimiento para otorgar el beneficio, firmada el 4 de enero de 2022 por el otrora subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, durante el gobierno de Sebastián Piñera. Esta normativa, que es complementaria a la glosa, lo contradice.

El documento exige que para postular a la pensión de gracia se debe presentar una ficha de solicitud, consentimiento informado, antecedentes legales, certificado de acreditación de afectado “en el contexto de manifestaciones iniciadas en el mes de octubre de 2019, firmados por la autoridad que representa a la institución que lo postula”; y finalmente los antecedentes médicos del solicitante.

En detalle, se exigen los “datos de atención de urgencia, informes del Servicio Médico Legal, u otros que permitan acreditar la calidad de afectado”.

Esta resolución fue exhibida en una presentación del propio Monsalve ante la comisión investigadora de la Cámara de Diputados por este tema, el pasado 13 de septiembre del 2023.

  • Revisa aquí el documento:

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