San Miguel: las críticas de los jueces a la fiscalía en el fallo que absolvió a los gendarmes

Magistrados cuestionaron la presentación de pruebas durante los nueve meses de juicio oral.




1. PRUEBAS "DIFUSAS" E "IMPRECISAS"

Según lo argumentado por el magistrado José Manuel Rodríguez, durante la lectura del veredicto que absolvió a los ocho gendarmes por su responsabilidad en el incendio de la cárcel de San Miguel, las pruebas que presentó el Ministerio Público durante el juicio no fueron contundentes para sostener la imputación de los delitos. "Los medios de acreditación allegados por los acusadores resultaron ser en su mayoría difusos, imprecisos y contradictorios", señala. En ese sentido, los jueces agregan que las pruebas periciales se "elaboraron bajo supuestos fácticos errados en escenarios completamente disímiles a la estructura del penal". Según señalan, dichas apreciaciones arriban a "conclusiones inconexas y difusas".

2. FALTA DE PERITAJES CIENTIFICOS

El documento que absuelve a los uniformados penitenciarios por la muerte de los 81 internos en el siniestro del 8 de diciembre de 2010 señala que "se detectaron sensibles vacíos en puntos de hechos relevantes y que eran perfectamente acreditables mediante prueba científica y, por motivos que se desconocen, no fueron rendidas en el juicio". Se ejemplifica que no se adjuntaron los registros de llamadas supuestamente realizadas por residentes cercanos al penal o un examen del archivo digital que contiene las imágenes grabadas por un vecino, dado que las versiones estaban en entredicho. Además, se cuestiona que no se analizaron los equipos de radio usados por los gendarmes, para poder identificar sus voces.

3. CANTIDAD VERSUS CALIDAD

Durante el juicio que demoró más de nueve meses, la Fiscalía Regional Metropolitana Sur presentó más de cuatro mil pruebas, incluyendo el testimonio de 154 testigos, más informes periciales, fotografías y análisis de ADN, entre otros antecedentes. En ese sentido, los magistrados dicen que "los acusadores, dentro del legítimo derecho de optar por la estrategia que desplegarían para provocar la convicción del tribunal, pusieron énfasis en criterios probatorios cuantitativos, en desmedro de la faz cualitativa que, en definitiva, no resulto ser la correcta". En ese sentido, añaden que no se tomó declaración a funcionarios del penal de San Miguel, comenzando por el ex alcaide, coronel René Salcedo, entre otros.

4. "DESPROLIJA" REDACCION DE LA ACUSACION

Según el veredicto, los magistrados critican "la desprolija redacción de los hechos contenidos en la acusación". En el documento puntualizan que el Ministerio Público en un momento señala la "ocurrencia de dos incendios" al interior de la cárcel de San Miguel. Al respecto se detalla: "Uno iniciado a las 4.30 horas y otro gestado a las 5.10 horas , en circunstancias que toda prueba de corte fáctico y técnico ofrecida por los acusadores estuvo encaminada a demostrar el advenimiento de un solo evento incendiario que se inició en un tramo temporal comprendido entre las 5.00 y las 5.15 horas". Agrega que durante los alegatos de clausura se trató de ajustar el contexto a lo presentado en la acusación.

5. LA ARISTA NO ACLARADA DEL INCENDIO

Los jueces del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago expresan en el fallo que durante los interrogatorios a los sobrevivientes de la tragedia del 8 de diciembre de 2010 no se consideró la declaración de una persona que sindicó a uno de los autores del incendio al interior del penal y que dejó un saldo de 81 personas fallecidas. "Cuestión que genera mucha más incertidumbre en la causa", argumenta.

Al respecto, el defensor Juan Pablo Gómez narró que el individuo está vivo y participó de la riña que originó el siniestro: "Un grupo de internos prende un colchón y lo tiran a un camarote, y estaba a dos metros de la salida, por lo que los efectivos no pudieron abrir esa puerta por la cercanía del foco del fuego".

6. ERRORES DURANTE LA INVESTIGACION

En el unánime veredicto absolutorio de los ocho funcionarios de Gendarmería acusados por cuasidelito de homicidio, los magistrados señalan que si bien el Ministerio Público (Fiscalía Regional Metropolitana Sur) responde a una estructura y que los defectos desfavorables de una decisión judicial los afecta de alguna manera, comentan que "los principales yerros, omisiones probatorias y reproches de objetividad detectadas y denunciados (...) se suscitaron en el seno de la actividad investigativa desplegada bajo la competencia y dirección de letrados que no estuvieron en la acusación de este juicio oral". De acuerdo a lo señalado por los jueces, el detalle del fallo se conocerá el 13 de junio, a las 11 horas, en el Centro de Justicia. La redacción del documento está a cargo del abogado Alejandro Huberman.

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