La acusación por acoso laboral que complica al excanciller Andrés Allamand en la Secretaría General Iberoamericana

Allamand
El excanciller Andrés Allamand (RN).

El abogado Carlos Gómez, exjefe de gabinete del ministro de Justicia Hernán Larraín, arrastra un duro conflicto laboral con el excanciller RN desde la llegada de ambos a Madrid para asumir labores en la Secretaría General Iberoamericana (Segib).


Una demanda laboral volvió a poner el foco noticioso en un desaparecido de la primera línea política: el excanciller y hoy secretario general de la Secretaría General Iberoamericana (Segib), Andrés Allamand (RN). Se trata de una denuncia por despido injustificado interpuesta por el abogado Carlos Gómez, quien hasta el año pasado era parte del equipo de la Segib, organismo cuya sede está en Madrid (España).

El conflicto laboral entre Allamand y el abogado, quien fue jefe de división de la Segpres en el segundo gobierno de Sebastián Piñera y jefe de gabinete del exministro de Justicia Hernán Larraín (UDI), se inició apenas el exministro asumió sus funciones en Madrid en febrero del año pasado, luego de que fuera elegido para el cargo el 26 de noviembre del 2021. Pocos días antes, Gómez había llegado a la capital española para asumir como gestor del Fondo Chileno de Cooperación Sur-Sur Iberoamericano por un periodo de dos años.

Según el testimonio que Gómez entregó a La Tercera, Allamand intentó cambiarle las condiciones de su contrato -por una remuneración menor- y al no aceptarlo se le puso término a su situación laboral. Ante este hecho el abogado puso una demanda formal ante los juzgados españoles, pero estos se declararon incompetentes debido a que la Segib tiene inmunidad por su calidad de organismo internacional.

Sin la posibilidad de iniciar un proceso judicial en los tribunales españoles, Gómez siguió el mecanismo formal que tiene el órgano liderado por Allamand para resolver problemas con sus funcionarios. Este consiste en interponer una reclamación por escrito al excanciller, para que este responda y luego se convoque un comité de árbitros que resuelva la controversia.

Sin embargo, Gómez alega que Allamand dilató el proceso y nunca convocó a este comité, por lo que su problema no ha sido resuelto. La situación le ha traído complicaciones económicas y familiares, pues lleva meses sin recibir ingresos, ya que su visa le impide trabajar en otro lugar que no sea la Segib.

Hoy el abogado pide que se le indemnice y que se convoque a la instancia para resolver el asunto.

Desde la Segib rebaten que su reclamo resulta “extemporáneo” al haber acudido primero a los tribunales ordinarios, y no al mecanismo arbitral que fija el organismo para la resolución de conflictos. Consultado por este medio, el organismo sostiene que el propio contrato de Gómez establece que los reclamos deben ser transmitidos por escrito a la Segib, y en caso de disconformidad se convoca a este mecanismo para la resolución de conflictos.

Asimismo, la Segib afirma que su reclamación por escrito llegó casi un año después de haber terminado su contrato y que no se cumplió con los plazos.

Gómez rebate que en la normativa no se habla de plazos. Mientras tanto el abogado ha tocado otras puertas. Por ejemplo, ya se puso en contacto con el embajador de Chile en España, Javier Velasco, y ha intentado comunicarse con los presidentes de las comisiones de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado, el diputado Tomás de Rementería (PS) y el senador Francisco Chahuán, respectivamente.

El abogado denunciante, Carlos Gómez.

La historia del caso de acoso laboral

Gómez fue propuesto para el cargo el 23 de diciembre del 2021 por un plazo de dos años, a petición del director ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCI), Cristián Jara. Formalmente el puesto se llamaba “gestor del fondo” y consistía en proponer, aprobar y gestionar proyectos del Fondo Chileno de Cooperación Sur-Sur Iberoamericano, una glosa de platas que funciona desde el 2017 y que consiste en aportes desde el Estado chileno hacia la entidad internacional.

Según el relato de Gómez, el propio Allamand le dio el visto bueno para su cargo antes de asumir la Segib en un encuentro en Cancillería el 23 de diciembre del 2021.

De acuerdo a Gómez, una vez que Allamand asumió el cargo todo cambió. “Desde ese momento no me habló más y pasó a considerarme un estorbo”, dice. En su versión, comenta que no se le asignaba trabajo, lo que generaba que estuviera todo el día sin labores.

Asimismo, critica que no se le entregaba información para gestionar el fondo y fue trasladado a oficinas donde trabajaban funcionarios de menor rango jerárquico. Después lo notificaron que se estaba pidiendo su salida del cargo.

Según dice Alejandro Kawabata, director de Asuntos Jurídicos e Institucionales de la Segib -quien habló a nombre de Allamand al ser consultado por La Tercera-, la labor de Gómez “quedó sujeta a las actividades de dicho fondo, a la disponibilidad de recursos. En el mes de mayo de 2022 el gobierno de Chile comunicó la decisión de finalizar la labor del gestor del fondo (Gómez) atento a que fue solicitado, como ya se ha dicho por el gobierno de Chile”.

El 30 de junio del 2022 se finalizó el contrato de Gómez. Luego de ello, vino un proceso de negociación entre el abogado y la Segib para buscar una alternativa. Según Gómez, Allamand le ofreció como alternativa que firmara un nuevo contrato, en el que supuestamente se le pedía renunciar a cualquier tipo de acción contra el organismo, se le cambiaban sus funciones, se bajaba su sueldo y se reducía de dos años a once meses su tiempo de contratación. Gómez se negó a ello.

La Segib afirma que una vez finalizado el contrato de Gómez, “a partir de entonces la Segib mostró su disposición al diálogo y de hecho se tuvieron conversaciones con una serie de representantes legales del Sr. Gómez a cuyos efectos se solicitó la intervención de la firma de asesoría jurídica para conflictos de estas características con la que trabaja la Segib, que es KPMG Abogados”.

El excanciller Andrés Allamand (RN). (Tom Brenner/AP Archivo)

La demanda judicial

De ahí que Gómez decidió emprender una demanda laboral de nulidad de despido el 18 de agosto del 2022 ante los tribunales españoles, en los cuales exigió una indemnización de perjuicios. El director de la Segib, Kawabata, afirma que “más allá de las cuantías que reclamaba que por su monto resultaban exorbitantes, la demanda incorpora un relato y afirmaciones que de ninguna manera se ajustan a la realidad y que desenfocan por completo el reclamo”.

La Segib invocó una “inmunidad de jurisdicción” afirmando que el órgano cuenta con mecanismos distintos al ser un organismo internacional. El abogado José Martínez, a nombre del órgano citó dicha inmunidad en un escrito al Juzgado de lo Social N° 41 de Madrid. “Sobre este juzgado existe una evidente incompetencia para conocer de la demanda planteada sobre la base de la inmunidad de jurisdicción que tiene mi representada la Segib (...) como se conoce, la inmunidad de jurisdicción es una prerrogativa que tienen las organizaciones internacionales de no ser demandadas ni enjuiciadas por los órganos jurisdiccionales del Estado en el que se encuentra su sede”, afirmó el abogado citando leyes orgánicas españolas y sentencias anteriores.

El 7 de noviembre del 2022 el tribunal español se declaró incompetente para conocer la demanda, afirmando que la Segib cuenta con la inmunidad. Además el tribunal recordó, según establecen los contratos del personal de la Segib, los conflictos entre la Segib y su personal deben ser radicados en una instancia alternativa compuesta por tres árbitros: uno nombrado por la Segib, otro por Gómez y un último acordado por ambos representantes.

Gómez relata que después de ello vinieron procesos de negociaciones entre la Segib y él para llegar a un acuerdo, pero que no se concretaron. Finalmente, tal como se establecía en el reglamento, para dar inicio al mecanismo de los árbitros debió mandar una reclamación por escrito a Allamand, lo que hizo el 2 de agosto de este año. De acuerdo a su contrato, después de interpuesta esta reclamación, la Segib tiene un plazo de cinco días hábiles para responder, y en caso de estar en desacuerdo con la contestación, se puede convocar a los árbitros en un plazo de dos días hábiles.

Sin embargo, dicha reclamación no fue contestada ni por correo, ni mensajes, ni llamadas, según acusa Gómez. El abogado dice que reclamó varias veces más, incluso fue presencialmente a la sede de la Segib, pero no fue atendido por el excanciller.

El 6 de octubre, sin embargo, la Segib le respondió con la negativa de convocar a los árbitros. “De conformidad con la normativa y regulación por la que se rige el contrato de funcionario internacional que Vd. mantuvo con la Segib, no se puede atender sus peticiones al resultar manifiestamente extemporáneas y no ajustarse a los requisitos formales, procedimentales y de fondo que resultan aplicables”, se le escribió a Gómez en un correo de una funcionaria de la Segib.

Lo que hay es un debate respecto de las fechas. La Segib replica que las reclamaciones se produjeron meses después de finalizado el contrato: “El Sr. Gómez se dirige a la Segib, actuando como si no hubiera reclamado judicialmente y desconociendo la preclusión de los plazos en la que incurrió”. Asimismo, reclaman que es extemporáneo su reclamo, porque pudo haberlo puesto el 30 de junio cuando finalizó su contrato, o el 7 de noviembre cuando el tribunal se declaró incompetente y recordó el mecanismo de la Segib. Pero Gómez replica que la normativa no habla de plazos legales.

La Segib, finalmente, concluye: “El contrato fue finalizado en virtud de la decisión del Gobierno de Chile, por ser quien solicitó la contratación, con fondos propios y para realizar labores relativas al fondo constituido por el Gobierno de Chile. El caso fue tratado en todo momento con apego a la normativa de la Segib que resulta aplicable y las recomendaciones de la firma letrada, KPMG Abogados. En definitiva, se trata de un conflicto laboral ordinario en el que el reclamante parece querer desnaturalizar el conflicto llevándolo a terrenos absolutamente ajenos al mismo. La conducta del Sr. Gómez, los tiempos de sus peticiones y la preclusión de etapas producida por la propia conducta del Sr. Gómez son las que han llevado a este reclamo a la situación en la que se encuentra. Cabe recordar que el contrato se finalizó hace 16 meses”.

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