Postergación de pago de contribuciones: conoce quiénes pueden acceder al beneficio

Postergación de pago de contribuciones: conoce quiénes pueden acceder al beneficio. Foto referencial Agencia Uno.

Revisa una de las medidas del Plan de recuperación y ayudas tempranas del Gobierno en zonas de catástrofes.


La postergación de pago de las cuotas de contribuciones de 2023 para inmuebles, es una de las medidas de apoyo en el marco del plan de recuperación y ayudas tempranas del Gobierno, en torno a los siniestros emplazados en las zonas de catástrofes.

Un beneficio que considera a las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía, que tiene como objetivo el retraso de la liquidación de cuotas de los impuestos correspondientes a bienes raíces, con el objeto de atenuar los efectos económicos de los incendios forestales en personas y empresas.

¿En qué consiste el beneficio?

Según la información del Servicio de Impuestos Internos, el beneficio consiste en la postergación del pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota de contribuciones de 2023, correspondientes a bienes raíces ubicados en las regiones afectadas por los incendios forestales, para ser pagadas:

  • En el plazo de pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del impuesto territorial del año 2024, respectivamente.
  • Hasta el 31 de diciembre de 2023, con condonación total de los intereses aplicables por el pago fuera de plazo, de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del 2023.
  • Accediendo a facilidades de pago a través de convenios especiales y con la condonación de los intereses que correspondan.

¿Quiénes pueden acceder?

La medida establecida, según el Servicio de Impuestos Internos está dirigida a:

  • Inmuebles afectos al pago del Impuesto Territorial que se encuentren emplazados en las zonas declaradas como de catástrofe de las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía.
  • Usuarios que hayan sido efectivamente siniestrados por los incendios que azotaron la zona, lo que deberá ponerse en conocimiento del Servicio de Impuestos Internos.

¿Cómo se solicita?

La información del SII constata que las personas propietarias o que tengan la obligación del pago del impuesto territorial deberán, previamente, solicitar al Servicio de Impuestos Internos que el respectivo predio sea incluido dentro de la nómina de inmuebles efectivamente siniestrados por los incendios que afectaron las regiones de Ñuble, Biobío y la Araucanía.

La petición administrativa puede presentarse en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos realizando los siguientes pasos:

  • Dirigirse a: Servicios Online, Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces, Solicitudes y Declaraciones, Solicitudes de Bienes Raíces o de manera presencial en cualquier oficina del SII.
  • Adjuntar los siguientes documentos y complementar con cualquier medio probatorio:

En un plazo de 16 días, el SII dará respuesta a la solicitud, confirmando si la posesión cumple con las condiciones establecidas para acogerse al beneficio.

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