Ley de Etiquetados en bebidas alcohólicas: conoce los nuevos sellos

Ley de Etiquetados en bebidas alcohólicas: conoce los sellos. Foto referencial.

Las etiquetas serán distintas a las existentes, pues buscarán en mostrar los riesgos y consecuencias del consumo del alcohol en las personas.


La “Ley de Etiquetados”, comenzó a regir a partir del 2016, el que obliga a colocar sellos de “Altos en”, a alimentos que sobrepasan los niveles máximos en calorías, sodio, grasas saturadas y azúcar. Pero, con la Ley 21.363, a estos productos se sumarán las bebidas alcohólicas que se encuentran en el país.

Sin embargo, los nuevos sellos que tendrán las bebidas alcohólicas serán distintos, pues se enfocarán en mostrar los riesgos y consecuencias del consumo nocivo del alcohol en las personas.

Esta modificación en la “Ley de Etiquetados” que instaura los sellos en las bebidas alcohólicas, además establece horarios para transmitir comerciales de estos productos y prohibición de la publicidad en ciertos eventos.

¿Cuáles son los sellos para las bebidas alcohólicas?

De acuerdo a la ley, las bebidas alcohólicas igual o mayor a 0.5 grados y que se encuentran comercializadas en Chile, deberán contener las siguientes etiquetas, conforme al nuevo reglamento:

  • “No beber al conducir” (con un dibujo tachado de un automóvil).
  • “Riesgo para tu bebé” (con un dibujo tachado de una mujer embarazada bebiendo).
  • “No beber menores de 18 años” (con un dibujo tachado que indica “-18″).

Además, cada producto tendrá la frase “el consumo nocivo de alcohol daña tu salud”.

Ley de Etiquetados en bebidas alcohólicas: conoce los sellos.

¿Cuándo comenzará a regir la “Ley de etiquetados” en las bebidas alcohólicas?

De acuerdo al reglamento sobre los etiquetados en las bebidas alcohólicas, los sellos y gráficas entrarán en vigencia un año después de la publicación en el Diario Oficial, es decir, en 2024.

La ley también prohíbe de cualquier forma la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades deportivas.

Además, los anuncios de estos productos en televisión solo se podrán realizar entre las 22:00 y las 06:00 horas, mientras que en radios no se podrá hacer entre las 16:00 a las 18:00 horas.

Estas regulaciones a la publicidad de las bebidas alcohólicas entrarán en vigencia 36 meses después de la publicación del reglamento en el Diario Oficial, es decir, en 2026.

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