Cómo registrar una Sociedad de Profesionales ante el SII y quedar exento al pago del IVA

Conoce cómo registrar una Sociedad de Profesionales ante el SII para estar exento al pago del IVA. Foto referencial

Revisa cuáles son los requisitos para que empresas se inscriban en el Servicio de Impuestos Internos.


El Servicio de Impuestos Internos (SII), habilitó en su plataforma web un procedimiento simplificado para que las Sociedades de Profesionales tengan la posibilidad de registrarse y quedar exentos del IVA.

De acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.420, desde el 1 de enero, aquellas que no estén inscritas y cumplan las condiciones, pueden realizar la solicitud hasta el 30 de junio del 2023.

La norma plantea que, a partir de este año, las actividades económicas relacionadas con servicios pagarán IVA. Sin embargo, los ingresos obtenidos por las Sociedades de Profesionales estarán liberados del impuesto, siempre que estén registradas ante el SII y cumplan las condiciones.

¿Cuáles son los requisitos?

Según la información del Servicio de Impuestos Internos, los requerimientos son:

  • Ser una Sociedad de Personas, es decir, de responsabilidad limitada o colectiva civil.
  • Que su objetivo exclusivo sea la prestación de servicios o asesorías profesionales.
  • Las profesiones de los socios deben ser idénticas, similares, afines o complementarias.
  • Todos los socios deben ser personas naturales o sociedades de profesionales.
  • No haber emitido documentos afectos a IVA desde el 1 de enero de 2022.
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Si la sociedad estaba registrada como primera categoría:

En este caso, sí puede ser considerada una Sociedad de Profesionales, por lo tanto, se puede beneficiar de la exención de IVA, siempre que cumpla los requisitos establecidos, aun cuando anteriormente haya tenido otro tipo societario.

Se debe tener en consideración que ya estuvo tributando en primera categoría desde su inicio de actividades, por lo tanto, no puede volver al sistema de tributación de la segunda categoría. Por consiguiente:

  • Automáticamente se le asignará la actividad económica de segunda categoría: otras actividades de servicios personales N.C.P (código 960909), que está exenta de pago del IVA.
  • Se eliminarán las actividades económicas de primera categoría.
  • Se les registrará como acogidas a las normas de primera categoría.

Si la sociedad estaba registrada como segunda categoría:

  • No se les modificarán las actividades económicas declaradas.
  • Podrán ejercer su opción de tributar en primera categoría, la que regirá desde el 1 de enero de 2023 y es de carácter irrevocable.

¿Dónde solicitar el registro de Sociedad de Profesionales?

Se puede realizar en Internet, ingresando a la sección de “Servicios online” de la página del Servicio de Impuestos Internos, para luego dirigirse a “Actualización de información” y “Registro Extraordinario Sociedades de Profesionales”.

Se puede solicitar haciendo clic en el siguiente enlace:

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