Conoce cómo denunciar el cierre indebido de una playa en Chile

Conoce cómo denunciar el cierre indebido de una playa en Chile. Foto referencial.

Revisa las formas de notificar a quiénes no permiten el libre acceso al mar, lagos, desembocaduras de ríos, cascadas o glaciares, considerados bienes nacionales.


Denunciar el bloqueo al libre acceso a playas nacionales es un derecho, pues todas las personas tienen la facultad de ingresar al mar, lagos, desembocaduras de ríos, cascadas o glaciares, ya que son considerados bienes nacionales de uso público.

Sin embargo, existen casos en que los propietarios de terrenos colindantes con este tipo de espacios cierran indebidamente las entradas, por lo tanto existe la posibilidad de notificar a la autoridad la situación.

En el año 2022, se registraron 384 denuncias por algún incumplimientos a lo largo del país, según datos del Ministerio de Bienes Nacionales (MBN). Revisa a continuación más detalles.

¿Cuándo denunciar el cierre de una playa?

Según la información otorgada por el Ministerio de Bienes Nacionales, se tiene derecho a denunciar esta situación cuando:

  • El lugar no cuenta con ningún tipo de acceso.
  • El sitio cuenta con acceso, pero se encuentra cerrado.
  • Un tercero impide, controla o cobra el acceso.
  • Exista una mala condición del camino.

¿Dónde denunciar la falta de acceso a una playa?

El Ministerio de Bienes Nacionales informó que cualquier personas puede presentar una denuncia, a través de los siguientes canales:

  • Página web bienesnacionales.cl.
  • Denuncias presenciales en el Ministerio de Bienes Nacionales, seremis o municipalidades que luego serán tramitadas a MBN.

Los antecedentes requeridos para realizar la notificación son:

  • Datos personales del denunciante (nombre, Rut, género, correo electrónico y teléfono de contacto).
  • Lugar en que se plantea la imposibilidad de acceso (dirección y kilometraje).
  • Motivo de la denuncia.
Playa. Foto Referencial Agencia Uno.

Procedimiento de la denuncia

Una vez ingresada la denuncia, se analizará su admisibilidad, de acuerdo al artículo 13 del DL 1939/77, será determinada la procedencia o improcedencia y se informará dentro de 20 días hábiles al denunciante, con copia al encargado de playas.

Luego, se realizará la fiscalización en terreno y la búsqueda de antecedentes. Se informará a través de un correo electrónico si fue rechazada y los motivos o aceptada y las gestiones que se realizarán con la finalidad de solucionar el libre acceso.

¿Cuáles son las multa por cerrar el paso a una playa?

El costo varía entre 10 y 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, puede ser de hasta aproximadamente $6.000.000.

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