Paulina Urrutia y el íntimo deseo de Augusto Góngora: Personas con demencia exigen votar en el plebiscito

A través de un video, la actriz expuso la necesidad de legitimar este tipo de sufragio. "Cuando prohibimos a una persona votar porque determinamos que no tiene las capacidades, la estamos sacando del espacio público”, dice la subdirectora de GERO, Andrea Slachevsky. En Chile cerca de 200 mil personas están diagnosticados con algún tipo de demencia.


Hace 31 años que en Chile no se realiza un plebiscito. El del próximo 25 de octubre, no sólo ha generado mucho interés, además constituye un hito en cuanto a participación ciudadana: es el tercero después de 1988 (en 1989 se realizó uno donde se aprobaron 54 reformas a la Constitución de 1980).

Pero ¿Todas las personas pueden votar? ¿Qué ocurre con quienes tienen algún tipo de demencia? En términos legales este grupo de la población no posee un impedimento para ejercer el voto, explica la directora de la Unidad de Memoria del Hospital Salvador, académica de la U. de Chile y subdirectora del Centro de Gerociencia, Salud Mental y Metabolismo GERO, Andrea Slachevsky.

La actual constitución regula el derecho a voto con el “principio de sufragio universal, donde si no hay una buena razón para excluir a alguien, las personas cuentan con derecho a voto”, explicó el abogado Pablo Marshal, en el encuentro “Diálogo sobre derecho a voto para las personas con demencia”, desarrollado el 1 de octubre, por la Red Transdisciplinaria Sobre Envejecimiento de la U. de Chile, el Centro de Gerociencia, Salud Mental y Metabolismo GERO, la Sociedad de Neurología, Psiquiatría y Neurocirugía de Chile (SONEPSYN), la Clínica de Memoria y Neuropsiquiatría, y el Colegio Médico de Santiago.

“Yo quiero votar”

A través de redes sociales GERO difundió con motivo del encuentro un video en que la cuidadora Paulina Urrutia conversa con Augusto Góngora, periodista diagnosticado con alzheimer sobre el plebiscito en nuestro país.

“¿Tú crees que tienes derecho a ejercer tu voto?”, consulta Paulina a Augusto en la grabación. A eso él responde: “Sí, ¿por qué no? Yo digo que sí, claro”. Luego ella le pregunta si acaso le gustaría ir a votar. Augusto responde: “¿A votar en eso? Pero, claro".

“El ritual de ir en la mañana, de ser parte de la cola, de conversar, eso no se lo pueden quitar a un ciudadano de este país que construyó igual que otras personas la democracia que hoy día tenemos”, subrayó Urrutia en el encuentro.

Y el testimonio de Góngora no es el único. GERO junto con otros organismos consultaron a otras personas con demencia sobre el plebiscito y en todos esos testimonios se refleja el interés de ser parte de esa instancia ciudadana.

“Es importante poder decidir quiénes son las próximas autoridades que nos van a regir en nuestro país”, indica uno de ellos. Señalan además que “es un derecho ciudadano y todas las personas tienen el derecho de participar de este momento. Yo puedo elegir. Voy a ir a votar”.

Destacan a su vez que reconocen su derecho. “Pienso que es un derecho que cada ciudadano tiene que realizar. Pienso que están en lo correcto que lo hagan porque hay muchos tipos de demencia, y entre ellas yo tengo una que es vascular, y me siento plenamente consciente de hacerlo”. “Yo quiero votar de todas maneras”, aseguran.

En Chile, cerca de 200 mil personas están diagnosticadas con algún tipo de demencia. La actual Constitución establece en su artículo 16, inciso 1, que entre otras razones el derecho a voto se suspende “por interdicción en caso de demencia”. Sin embargo, indica Marshal, “el término demencia que usa la constitución es decimonónico, no es un término técnico que nosotros hoy día usamos para identificar el deterioro cognitivo”.

La declaratoria de interdicción, regulada por la Ley N° 19.954, es un acto formal que es llevado a cabo en un tribunal de justicia. Pero hasta antes de que la interdicción sea declarada, indicó Marshal, todas las personas siguen manteniendo su derecho a sufragio. “Esto significa que incluso si una persona está afecta a una demencia o a cualquier otra enfermedad de tipo mental que afecte su capacidad de decisión, esa persona sigue siendo titular del derecho a sufragio”.

En términos electorales, la interdicción se materializa según la Ley Orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral (N°18.556), que en su artículo 18 señala que “dentro de los primeros cinco días de cada mes, los jueces de letras comunicarán al Servicio Electoral los nombres de las personas que hubieren sido declaradas en interdicción por causa de demencia por sentencia ejecutoriada, en el mes anterior, indicando los antecedentes necesarios para su cabal identificación”.

Pero en Chile, dice Slachevsky, “la interdicción no tiene matices: o es interdicto para todo o para nada”. Y es que no existe no una sola forma de demencia, explica. Por ejemplo, “algunas van a afectar más la memoria, otras más el lenguaje”.

Pueden afectar tanto en personas mayores o menores de 60 años. “Es cierto que el envejecimiento es un gran factor de riesgo para las demencias, pero no son una consecuencia inevitable del mismo”, aclara Slachevsky.

"La interdicción no tiene matices: o es interdicto para todo o para nada”, señala la investigadora Andrea Slachevsky, sobre lo que indica la ley en Chile.

El acto de votar Slachevsky resalta “tiene un valor social, nos hace ciudadanos. Entonces cuando prohibimos a una persona votar porque determinamos que no tienen las capacidades, la estamos sacando del espacio público”.

Participación

Cómo asegurar la participación de todas las personas con trastornos cognitivos de una manera u otra, dice la investigadora, debería ser el enfoque en la discusión pública sobre el tema.

Se entiende que hay un momento en los trastornos cognitivos en que las personas no entienden lo que es el voto, señala Slachevsky, “entonces lo ideal es que fuera un voto asistido”.

Sin embargo, actualmente lo que se establece es que cuando una persona es declarada interdicta pierde el derecho a voto. El problema, dice, es que muchas veces la interdicciones se hace por ejemplo, por problemas para gestionar bienes o para para cobrar las pensiones, “pero una vez que la persona es declarada interdicta, la ley no tiene ningún matiz, la persona pierde todos los derechos".

Por eso se requiere reformular la ley. "Es discriminatoria y además no refleja tampoco cómo es la capacidad de toma de decisión. No es que de un día para otro la persona deje de tener la capacidad de tomar decisiones para todo, sino que hay que evaluar en un dominio específico. Si una persona requiere custodia o tutelaje para manejar sus bienes, que se tome la cautela en ese dominio, pero que eso no sea extensivo a todo”, aclara Slachevsky.

Si se prohíbe el voto a las personas con trastorno cognitivo, se los priva de su estado de ciudadano, “por eso hay que asegurar que toda persona que quiera votar, asegurarle ese derecho”, insiste.

Que toda persona que quiera votar pueda seguir participando, es lo que indica la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, mediante voto asistido o “porque no manifestar anticipadamente para que otra persona represente su voto si se va a tener un trastorno cognitivo y delegar su voto, pero en ningún momento privarlo de ese derecho”

“No está bien pensar que sólo podemos votar quienes no tenemos trastornos cognitivos, porque somos racionales. En el voto influye la razón, pero también una serie de factores afectivos. Más allá de las capacidades cognitivas, votar el voto es un momento importante en la vida de todos los ciudadanos y una buena sociedad, es la que asegura a todas las personas seguir participando. Y para eso por se requiere cambiar la legislación, no podemos seguir con una ley de interdicción obsoleta, que en el momento en que una persona es declarada interdicta la elimina del espacio social”, subraya Slachevsky.

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