Finaliza la COP2: estos fueron los principales acuerdos de la gran cumbre climática

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Imagen referencial.

Liderado por el subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, Chile fue uno de los protagonistas del evento ambiental en calidad de Estado Parte.


En el Hotel Libertador, Avenida Córdoba 690, Buenos Aires 1054, Argentina, se desarrolló entre el 19 y 21 de abril, la Segunda reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú (COP2), tras lo acordado en 2018 en Costa Rica por 15 países.

El principal objetivo de la cita fue elegir a los primeros integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento, además de discutir aspectos como la implementación en cada país, generar los apoyos y buscar caminos para sumar a más países a ser parte, para continuar trabajando en la protección de los defensores ambientales en derechos humanos y ambientales.

Esta es la primera COP de Escazú en que Chile participa como Estado Parte (en la COP1 de Chile solo fue observador). En esta ocasión, la delegación chilena estuvo liderada por el subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño. Además, contó con la presencia de representantes de los ministerios de Relaciones Exteriores y del Servicio de Evaluación Ambiental.

Chile presentó su Hoja de Ruta para la implementación del Acuerdo de Escazú cuyo principal eje fue el desarrollo de un Plan de Implementación Participativa, evaluando las brechas, oportunidades y medidas prioritarias para la incorporación plena y efectiva del mencionado acuerdo a nivel nacional. Además, Chile colideró el grupo de trabajo sobre personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales, junto a Ecuador y San Cristóbal y Nieves (Saint Kitts and Nevis) el cual está trabajando en una propuesta de índice para acordar un plan de trabajo en la materia.

Proaño señala a Qué Pasa que para nuestro país, lo más destacado de esta COP2 de Escazú es haber participado siendo Estado Parte, “algo que fue muy celebrado por el resto de los países, quienes entienden que Chile juega un rol fundamental para el desarrollo de este acuerdo. El principal propósito que tuvo esta COP fue elegir el Comité de Apoyo Para la Aplicación y Cumplimiento del Acuerdo de Escazú, un órgano fundamental para echar a andar el acuerdo en los Estados Parte”.

“Hay que entender que este tratado entró en vigencia hace dos años, por lo que aún está en una fase inicial de implementación. En ese sentido, presentamos el Plan de Implementación Participativa de Escazú (PIPE) y expusimos el trabajo que estamos realizando junto al ministerio de Justicia y DD.HH., en relación a la creación de un protocolo para la protección efectiva de defensores de DD.HH. en asuntos ambientales, algo que también causó mucho interés, ya que este es uno de los aspectos más comentados del acuerdo”, establece Proaño.

El Acuerdo apunta a la necesidad de generar un ambiente propicio y seguro para aquellos que ejercen sus derechos de acceso (defensores ambientales) y la importancia de aportar en la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona –tanto de las generaciones presentes como futuras- a vivir en un medioambiente sano.

Surgió tras constatarse la necesidad de alcanzar compromisos para la implementación cabal de los derechos de acceso señalados en el Principio 10 de la Declaración de Río, atendido que tales derechos permiten abordar eventuales conflictos socioambientales desde su inicio, contribuyendo a un proceso de toma de decisiones que goce de un robusto respaldo ciudadano, a la estabilidad y paz social, y al desarrollo sostenible.

Delegación chilena.

Como lo reconoce la Comisión Económica de América Latina y el Caribe (CEPAL), secretaría del tratado, este instrumento constituye un acuerdo visionario y sin precedentes, alcanzado por y para América Latina y el Caribe, reflejando la ambición, las prioridades y las particularidades de nuestra región. El Acuerdo entró en vigencia el 22 de abril de 2021, al superarse las 11 ratificaciones necesarias para ello y su primera Conferencia de las Partes (COP) que tuvo lugar entre el 20 y el 22 de abril de 2022 en Santiago de Chile.

Plan de Implementación Participativa por Escazú (PIPE)

El ministerio del Medio Ambiente está desarrollando el Plan de Implementación Participativa de Escazú (PIPE) que tiene por objeto evaluar -con la significativa participación del público- las brechas, oportunidades y medidas prioritarias para la incorporación plena y efectiva del Acuerdo de Escazú en Chile. En este marco, gracias a la colaboración del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), se realizó un primer diagnóstico sobre el estado de cumplimiento actual de los derechos de acceso a la información, participación y justicia en materia ambiental, así como sobre el nivel de protección de las personas defensoras en asuntos ambientales con un énfasis en la principal normativa vigente.

Imagen correspondiente a la COP2.

También gracias al apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se está elaborando un mapa de actores, una propuesta de gobernanza y coordinación interinstitucional para la implantación de Escazú. En términos de el involucramiento de los diversos actores sociedad civil, sector público y privado, se ha diseñado una estrategia de participación pública informada y de co-construcción para el 2023, que busca convocar a una multiplicidad de representantes a nivel local, nacional, regional con base a los estándares contenidos en el propio acuerdo para la elaboración del PIPE.

Lo anterior, contempla el desarrollo de mecanismos especiales para la inclusión de personas y grupos en situación de vulnerabilidad, localidades pequeñas o con problemáticas ambientales, personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, niños, niñas y adolescentes y mujeres en situación de pobreza, entre otros.

¿Quiénes se benefician del Acuerdo de Escazú?

El Acuerdo de Escazú busca impulsar los derechos de acceso (a la información ambiental, a la participación en asuntos ambientales y a la justicia en materia ambiental) que nos permiten garantizar el derecho humano al medio ambiente sano. Por eso, el Acuerdo establece que los países miembros deben asegurar entornos seguros para el ejercicio de los derechos humanos ambientales, para que sea posible actuar sin amenazas, restricciones o inseguridad.

En línea con lo anterior, Chile y los países miembros deberán tomar medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que puedan sufrir las personas en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente Acuerdo. Una de las iniciativas al respecto es la elaboración de un Protocolo de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, que incluya dentro de sus consideraciones la protección de defensores de derechos humanos ambientales. Tarea que es liderada por el Ministerio de Justicia.

Cada país miembro del acuerdo debe asegurar el derecho de participación del público abierta e inclusiva para procesos de toma de decisiones ambientales, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones sobre proyectos y actividades, así como también toma de decisiones de interés público como ordenamiento territorial, elaboración de políticas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos que pudiesen tener impacto significativo sobre el medioambiente y la salud de las personas.

La participación del público debe ser desde etapas iniciales en el proceso de toma de decisiones, de manera que las observaciones de la ciudadanía sean debidamente consideradas y contribuyan de manera oportuna al proceso. El procedimiento de participación pública contemplará plazos razonables que dejen tiempo suficiente para informar al público y para que este participe en forma efectiva.

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