Empresa despide a trabajadores por Zoom: ¿Me pueden echar por videoconferencia?

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En California, scooters Bird despidió a 406 empleados usando la popular herramienta de llamados masivos. Si fue lo más adecuado lo cuestiona ya su propio CEO. Revise qué dice la ley en Chile sobre esta inusual fórmula.


“Me sentí como en un capítulo de Black Mirror”. Así describe un exempleado de una empresa en Estados Unidos que fue despedido a través de Zoom, la famosa aplicación por estos días de pandemia por unir familias y grupos de trabajo a través de videoconferencias. Pero para él y otro centenar de trabajadores, la experiencia fue tan inesperada como desagradable. Las llamadas grupales y virtuales no son, a todas luces, la mejor manera de desvincular colaboradores, coinciden en Norteamérica y en Chile también.

Fue hace unas semanas que 406 empleados de Bird, la empresa de arriendo de monopatines eléctricos, fueron llamados a una reunión por Zoom. Muchos sabían lo que venía, pues en los últimos minutos sus cuentas corporativas de e-mail y el acceso a otra aplicación que servía en sus labores desde casa, Slack, se habían bloqueado. Así, sin aviso.

La teleconferencia ya era extraña. La lista de los trabajadores incluidos en la llamada estaba oscurecida y nadie sabía que no se trataba de todos. Luego de una larga espera, en que los empleados podían ver un mensaje que decía “Actualización sobre el Covid-19”, comenzó el mensaje que no duró más de dos minutos, en que una voz femenina les indicaba que estaban despedidos.

Una voz, pues no se veía rostro en la pantalla. “Nos despidió un robot”, decía otro involucrado, haciendo alusión a la voz metálica que oía por sus audífonos. “Nadie sabía si se estaba refiriendo realmente a uno o no. Y después decía que llegaría una caja a la casa con las cosas que quedaron en nuestros escritorios y que debíamos enviar los laptops de vuelta en esa caja”.

El asunto generó dudas en Estados Unidos, pues solo lo consignaron medios pequeños, hasta que el propio presidente de Bird, Travis VanderZanden, aclaró en su cuenta de Twitter que no era una llamada grabada, sino en directo. “No dejamos ir a los empleados con una llamada pregrabada, fue en vivo por Zoom, aunque no es lo ideal”, se lee.

Con eso, el empresario reconocía que efectivamente se había despedido a un tercio de sus trabajadores por Zoom. “La imagen fue apagada para hacer todo más humano, pero visto en retrospectiva debimos hacer llamadas uno a uno a los cientos de afectados, aunque tomara un par de días”, se disculpó en ese mensaje, que respondía a quienes lo acusaban por haber tenido una actitud poco humana con sus exdirigidos.

Además, explicaron que los rostros de todos los participantes se habían ocultado “para proteger su privacidad”, aunque eso incluyera al gerente que les estaba hablando.

Desde que el confinamiento es global, se han repetido en el mundo denuncias similares: bancos en Gran Bretaña y otros países de Europa, empresas más pequeñas o startups e incluso en Chile. En el país, Bird retiró sus scooters tras el estallido social de octubre y no volverá a operar, por lo que sus exejecutivos no están en condiciones de entregar su parecer sobre lo ocurrido en California, de acuerdo a lo que señala una persona ligada a la empresa.

Que Zoom se use para todas las acciones en que antes se reunía gente, directorios, cumpleaños, clases… y también despidos, se irá sopesando con el tiempo. Pero ante eso sí, acá el asunto sería muy distinto a lo que pasó con Bird, pues la normativa chilena es muy diferente a la estadounidense, aunque igual podría darse.

Primero, la ley. De acuerdo a lo que señala la Dirección del Trabajo, cuando una empresa despide a alguien debe comunicárselo “por escrito al trabajador, notificándole personalmente o por carta certificada remitida a su domicilio”, además de otras exigencias. En este caso, no puede considerarse que una videollamada sea haberse encontrado “personalmente”, pues es necesario también que el empleado dé por recibidos los documentos que acrediten las indemnizaciones, las imposiciones o comprobantes de pago.

El abogado laboral Luis Lizama explica que las “formalidades en Chile son más exigentes que en Estados Unidos, donde hay libre despido, es decir, el empleador no requiere justificar nada. En Chile se debe invocar una causal y fundar en hechos esa causal. Allá es posible el despido por Zoom porque basta con decirle a alguien que está despedido para que ya lo esté. En Chile el empleador tiene que entregar los documentos y el empleado acusar recibo de que fue notificado personalmente de puño y letra, al menos, la fecha”.

Sí podría darse el segundo caso: que los papeles se hayan ido vía correo tradicional al domicilio y en el intertanto, un ejecutivo se comunique vía Zoom, teléfono o cualquier otro sistema para avisar de la desvinculación. Roberto Lewin, también abogado laboral y socio de Barros, Silva, Varela & Vigil, valora y sopesa: “Es difícil decir si corresponde o no, uno tiende a pensar que el despido es un tema delicado y en general le recomienda los clientes que lo hagan de la mejor manera posible. Es entendible lo que reclaman esos trabajadores y, aparentemente, para la empresa terminó generando más ruido y conflicto que si lo hubiesen hecho de una manera mas personalizada. Pero también hay que considerar que se hace difícil en las circunstancias actuales, con gente en teletrabajo como era este caso, no había cómo hacerlo de manera presencial”.

“Sería un acto de deferencia”, dice Lizama, aunque aclara que sería extraño, pues existe una norma no escrita de decoro: “Sería un caso excepcional, la regla general es que un buen empleador también despide bien. Una persona merece que le den una explicación, más allá de las causales legales, explicarle por qué se decide su despido. Es una regla básica de una buena gestión en una empresa. Y sí, efectivamente, hay una norma no escrita, hay una buena costumbre, decoro. También por certeza para él mismo, los empleadores prefieren notificar personalmente”.

8 de Noviembre de 2012/SANTIAGO Dos hombres pertenecientes al sindicato de trabajadores de la empresa de buses alimentadores del transantiago, REDBUS, esperan la llegada de la presidenta de la CUT, Barbara Figueroa en las dependencias de la Dirección del Trabajo para reunirse con FOTO: HANS SCOTT/AGENCIAUNO

La presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores, Bárbara Figueroa, también analiza el tema: “Cualquier debate que hagamos sobre lo que está pasando con la crisis sanitaria no puede ser ajena a los efectos que esto tiene en materia social y en materia laboral. Si uno quisiera ser condescendiente uno puede decir esto no son blancos y negros, no es lo mismo que le pida a una persona que trabaje desde su casa, que terminar así una relación contractual, porque detrás de eso estoy dejando una familia desvalida, por lo tanto eso no puede ser un trámite express”.

El tema de las nuevas tecnologías no genera necesariamente consenso, lo que queda demostrado en leyes como la de teletrabajo o finiquito electrónico, que de acuerdo a lo que ha señalado el gobierno va en el camino de digitalizar todos los trámites posibles, para evitar filas y tiempos de espera, clave en época de pandemia.

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Bárbara Figueroa, presidenta de la CUT. FOTO: Archivo

"No puede ser, como se pretende hoy día en Chile, apurar el finiquito electrónico como una manera de evitarse el contacto y tener que dialogar con el otro para explicarle el porqué de un despido. O evitar que el despedido, si considera que hay injusticia ahí, pueda defenderse. Nada justifica que no te puedan dar una explicación o el legítimo derecho a una réplica”, cierra Figueroa. Esa es la discusión hoy, la del uso de Zoom, está por verse.

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