Permisos de construcción y estabilidad regulatoria

Por Rodrigo Delaveau S. y Juan Ignacio Peña L. Quizá la incertidumbre más grande se produce a nivel de las autoridades involucradas, ya que ellas deben siempre ser consistentes, actuar con criterios técnicos y apegadas a la legislación vigente.




La regulación urbanística se encuentra tensionada. Pareciera que nos encontramos en un área llena de intereses contrapuestos entre vecinos, inmobiliarias, órganos públicos y grupos organizados, los que finalmente deben ser resueltos en los tribunales de justicia.

En el ámbito municipal destaca el caso del edificio Botero, en Ñuñoa, en el cual vecinos del sector presentaron un recurso de protección involucrando a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de esa comuna y a la inmobiliaria que desarrolló dicho proyecto, actualmente habitado por terceros adquirentes. En este caso, la Contraloría se pronunció indicando que existen errores de criterio por parte de la DOM respectiva. Pero considerando que las alternativas que se manejan son la compensación a los vecinos o la demolición, cabe preguntarse si el recurso de protección es la mejor vía procesal para el efecto.

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En materia medioambiental, el hotel Punta Piqueros de Concón confronta al Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico, el municipio y la inmobiliaria. El caso constituye un desafío para los recién creados Tribunales Ambientales, que deberán armonizar la existencia de un permiso de edificación con la debida protección al medioambiente.

En lo patrimonial, la Contraloría había sostenido -hasta ahora- que si el decreto que declara un inmueble como monumento nacional es posterior al permiso de edificación, prima este último. Sin embargo, fue la misma Contraloría la que tomó razón del decreto que declaró monumento nacional a la Villa San Luis. Con ello se vuelve a poner en entredicho la compatibilidad de esta normativa con el derecho de propiedad y la igualdad ante las cargas públicas.

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En definitiva, la complejización de las relaciones entre las partes intervinientes ha debido ser resuelta caso a caso. Vemos por un lado a las empresas inmobiliarias -con su desafío de lograr entendimientos y, en caso de existir, mitigar impactos- y, por otro, a las comunidades, en cuanto a su capacidad de dialogar y permitir el desarrollo acorde a sus necesidades, sin oportunismos. Sin embargo, quizá la incertidumbre más grande se produce a nivel de las autoridades involucradas, ya que ellas deben siempre ser consistentes, actuar con criterios técnicos y apegadas a la legislación vigente, lo que permite dar certeza jurídica a todos. De lo contrario, la falta de reglas claras puede generar a futuro efectos negativos de nefastas consecuencis para los involucrados.

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*Los autores son abogados Honorato | Delaveau.

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