Superintendencia de Pensiones contará con más facultades de fiscalización

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Además, se propone la incorporación de nueve funcionarios adicionales.


Una serie de nuevas facultades se le otorgarán a la Superintendencia de Pensiones en el marco de la reforma previsional. En total, son nueves funciones adicionales a las que hoy tiene, para lo cual se le entregarán mayores recursos.

Según el informe financiero, el regulador ahora también estará a cargo de la fiscalización de entidades de ahorro complementario, de la compartición de activos y subcontratación; de la fiscalización de las sociedades filiales de las AFP y entidades que manejen 4% adicional; del sistema único de cobranzas; del SCOMP; la fiscalización de los nuevos proyectos de educación previsional; y de la administradora del seguro de dependencia. Adicionalmente, estará a cargo del establecimiento del comité de coordinación con la CMF.

Para ello, el informe financiero detalla que se considerará un aumento de dotación de nueve personas: 1 jefe de unidad en grado 4, un jefe de unidad en grado 5, un analista grado 10, 2 analistas informáticos grado 10, y 4 analistas fiscalizadores grado 11.

El proyecto de ley establece, además, el régimen de inversión de los planes de las nuevas entidades que administren el 4% será definido por la propia administradora, pero deberá ajustarse a una resolución que dictará la Superintendencia de Pensiones, luego de contar con informe favorable del Consejo Técnico de Inversiones y ser visada por el Ministerio de Hacienda.

Otras de las nuevas facultades con que contará el regulador será fiscalización de los proyectos de educación previsional que deberán implementar las AFP.

Adicionalmente, se facultará a la Superintendencia para que mediante una norma de carácter general establezca el número máximo de veces en un año calendario que un afiliado podrá traspasarse entre AFP, entre Administradoras de Ahorro Complementario para Pensión, y entre ambos tipos de instituciones.

Además, dicha norma establecerá también el número de días en que se materializará cada traspaso. De igual manera, en materia de cambios de fondos y de planes de ahorro complementario para pensión, se facultará a la Superintendencia de Pensiones para que, mediante una norma de carácter general, defina el plazo en que se materializarán los cambios desde un fondo o plan a otro.

Por último, se ampliará la categoría de cargos incompatibles entre las AFP y las entidades que conforman el mismo grupo empresarial, esto "de acuerdo con lo que ha sido la experiencia de fiscalización de la Superintendencia de Pensiones en la materia", dice el proyecto. Así, la propuesta considera agregar la exclusividad en los cargos de auditor interno, contralor y oficial de cumplimiento, entre otros.

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