Los estudios de abogados corporativos se reorganizan por el cobro del IVA

Jorge Carey, Soledad Recabarren, Enrique Barros, Manuel José Vial, Gerardo Varela y Ricardo Escobar.

Las últimas ediciones del Diario Oficial están plagadas de transformaciones: los abogados están creando sociedades de profesionales, las que estarán eximidas del pago del IVA que se comienza a cobrar por los servicios el 1 de enero. Algunos han modificado para ello sus actuales vehículos legales. Aquí, un repaso por decenas de modificaciones realizadas, quienes son los socios de los principales bufetes y las explicaciones para lo que viene.


Los abogados están acudiendo en masa a las notarías. Pero esta vez no para escriturar encargos de sus clientes. Diversos profesionales, de modo individual, en pequeñas sociedades o grandes estudios, están readecuando la manera en que se organizan para enfrentar algo que comienza con el 2023: el cobro de IVA por la prestación de servicios. Ha sido una avalancha: cada día en el Diario Oficial se constituyen o modifican sociedades. No solo ellos: también lo han hecho contadores, auditores, arquitectos, ingenieros, odontólogos y todas las profesiones ligadas a los servicios.

A partir del 1 de enero de 2023, la prestación de servicios pagará el Impuesto al Valor Agregado (IVA), una tasa que hoy está en un 19%. Tradicionalmente no gravados, fue una de las maneras en que una reforma tramitada en el gobierno de Sebastián Piñera, promulgada el 27 de febrero, buscó nuevos recursos para financiar un aumento de la Pensión Garantizada Universal. Y ahí entraron todos los servicios, salvo los relacionados con educación, salud y transporte. La ley eximió de ese cobro también a los contribuyentes que emitan boletas de honorarios. Y las sociedades de profesionales. Los abogados se han adecuado a esa figura.

Los juristas reparan en una paradoja: la reforma no gravó los servicios, sino que la forma de organizar la prestación de esos servicios. “En la práctica es optativo para muchos y basta con organizarse como sociedad de profesionales para no estar gravado”, dice Ricardo Escobar, exdirector del SII. “¿Por qué habría el servicio de unos abogados, unos auditores o unos ingenieros, estar gravado con IVA y el de otros no, según cómo esté organizada la empresa? El IVA deja de ser neutral, imagínate qué pasaría si los restoranes tuvieran una regla similar, tendrías spaguetti a la bolognesa con IVA y sin IVA, dependiendo del local, ‘Tratoría Napoli, Vendemos sin IVA’, sería el aviso típico”, ejemplifica con ironía Escobar.

Lo mismo planteó el Colegio de Abogados en una carta enviada al ministro de Hacienda, Mario Marcel, en la que pidieron postergar la medida: “La forma legal en que se organice un profesional determina si aquel, como contribuyente, se encuentra o no afecto a IVA”, lo que atenta contra la equidad horizontal. Así, un asesor organizado como sociedad anónima estará afecto a IVA, mientras que otro organizado como sociedad de responsabilidad limitada, no.

La vicepresidenta del Colegio, la tributarista Soledad Recabarren, confirma algo que se desprende al revisar las numerosas inscripciones diarias en el Diario Oficial. “Muchos estudios están tomando la forma de sociedad de profesionales (sociedad de responsabilidad limitada), ya que la forma de SpA (sociedad por acciones), a criterio del SII, son contribuyentes de IVA”, dice la jurista. “Muchas oficinas de servicios profesionales se organizaron como SpA, por su estructura flexible que permite que los profesionales retiren la proporción de utilidades que les corresponde de acuerdo a su trabajo, cualquier cambio societario se toma por mayoría, y se pueden incorporar o sacar socios de acuerdo a lo que regulen en los estatutos”, explica Recabarren. La carta del Colegio agregaba que aquel esquema permitía además determinar “el momento del retiro efectivo” de las utilidades.

El socio de un estudio de abogados cuenta que, hasta ahora, participaba con su sociedad de inversiones personal en la propiedad de su bufete, lo que le permitía tributar como empresa (que hoy paga tasa del 27%) y no como persona natural (la tasa máxima marginal del global complementario llega hasta el 40%), mientras no retirara los dineros de esa sociedad. Ahora, resume, todos deberán tributar como personas naturales, pagando el global complementario. Y los nuevos socios ya no podrán ahorrar como hasta ahora, advierte. “Seremos sociedades que no pagan IVA, pero serán onerosas desde el punto de vista del global complementario”, dice un jurista. Otro abogado refrenda lo mismo: “Todos los ingresos de la sociedad, menos los gastos, se deben distribuir inmediatamente a los socios. Todo lo que llegue se irá al global complementario”.

Recabarren dice que las sociedades de profesionales tienen dos opciones: acogerse a segunda categoría y tributar por toda la utilidad, la retiren o no desde la empresa, o mantenerse tributando con impuesto de primera categoría y pagar el global complementario sólo cuando se retire. “Dado que esto es un tema de cálculo -qué te conviene más-, no creo que se incremente la tributación de los profesionales”, opina.

Otro socio de un gran bufete dice que una fórmula es que las sociedades de profesionales estén formadas por personas que se inscriban, a su vez, en el SII como “empresarios individuales”. Pero Soledad Recabarren no lo ve así. “La norma dice que una sociedad de profesionales puede excepcionalmente tener como socio una sociedad, pero esta última también tiene que tener la calidad de sociedad de profesionales. En mi opinión, si el empresario individual o la Sociedad Individual de Responsabilidad Limitada (SIRL)no califican como sociedad de profesionales, no pueden ser socias de una sociedad de profesionales y de serlo, pierden la exención”.

De SpA a sociedad de profesionales

El 13 de diciembre, en la 48 Notaría de Santiago, 21 abogados y una sociedad de inversiones modificaron Cariola Diez Pérez-Cotapos SpA y la transformaron en una sociedad civil de profesionales. Pero eran 21 personas naturales y una sociedad, Inversiones Cariola SpA, la que tenía el 98,8745% de los derechos sociales. Otro cambio se oficializó ayer en el Diario Oficial. Ahora los 21 socios, todos ya como personas naturales, son los dueños de Cariola Diez Pérez-Cotapos Limitada. Y salió Cariola SpA. “Cada asunto tiene a lo menos un socio a cargo, dirigiendo un equipo de abogados, según la materia de que se trate”, describe la web del bufete que suma 105 abogados y donde los socios con las participaciones relativas más altas son Francisco Javier Illanes (10,6%); Sergio Diez (8,6%), Carlos Pérez-Cotapos (8,6%) y el exministro de educación y director de empresas, Gerardo Varela (8,2%).

Un día después de Cariola, el 14 de diciembre, 14 abogados constituyeron la sociedad Servicios Profesionales Guerrero Olivos Limitada. Su objeto: la prestación de servicios de asesoría y representación jurídica y todo tipo de servicios relativos al ejercicio de la profesión de abogado. Cuatro de los 14 socios tienen el 12% cada uno: el exsubsecretario Clemente Pérez, el exdirector de CLC en representación de un grupo de médicos Juan Enrique Allard, el exfiscal de Embotelladora Andina, Pedro Pellegrini, y el socio administrador, Martín Santa María.

Y un día después, el 15 de diciembre, el cambio lo realizaron los socios chilenos de PPU, un bufete iberoamericano que nació de la fusión de Philippi, Yrarrázaval, Pulido & Brunner con un estudio colombiano y dos peruanos, además de la firma de España y Portugal, Uría Menéndez. En total, 22 personas, cada una con un paritario 4,55% de los derechos, formaron el gigantesco nombre de Philippi Pietrocarrizosa Ferrero Du y Uria Servicios Legales Limitada.

En noviembre, Grupo Vial Abogados había hecho lo mismo. Fundado en 1934 por Gabriel Vial Palma, en 1977 su hijo Manuel José Vial Vial asumió el liderazgo. El abogado de la Universidad Católica -director de Scotiabank y presidente del Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS)- es el socio principal de la nueva sociedad formada por los ocho socios: tiene 18,986%. Le siguen Rodrigo Guzmán (14,81%), Pablo Tagle (14,32%) y Guillermo Mackenna, expresidente de Blanco y Negro de 2007 a 2011 (14,32%).

También en noviembre, Prieto Abogados SpA se transformó en Prieto Abogados Limitada, con 14 socios con una catorceava parte de los derechos sociales cada uno.

Otro cambio relevante: en Palma y Compañía Abogados Limitada sus socios reemplazaron como personas naturales a las personas jurídicas que eran las dueñas del bufete: Juan Eduardo Palma es el socio principal, con el 27% de los derechos.

La sucesión de modificaciones incluye a casi todos los bufetes de abogados, algunos más grandes y otros más boutique.

Por ejemplo, los especialistas en temas de libre competencia, Julio Pellegrini y Pedro Rencoret, formaron Pellegrini y Rencoret Abogados Limitada. El primero reportaba un 43%, y el segundo, un 32%.

O Enrique Barros Buorie, expresidente del Colegio de Abogados y exabogado integrante de la Corte Suprema, que creó una sociedad de profesionales que, a su vez, controla el 73% de otra sociedad de profesionales en la que otros tres socios tienen el porcentaje restante: se llama Enrique Barros y Compañía Abogados Limitada.

O Andrés Jana, recientemente escindido de Bofill, Mir, Álvarez Jana, que tiene una nueva sociedad de profesionales con dos socios y en la que tiene el 60%. O el penalista Juan Domingo Acosta, que reordenó su sociedad Juan Domingo Acosta Abogados Limitada.

También el cambio lo hizo Soledad Recabarren: en abril se creó Recabarren & Asociados, una sociedad de responsabilidad limitada con 10 socios, con el 10% cada uno. La explicación de la abogada aplica como explicación para todos. “La gran mayoría de nuestros clientes no son contribuyentes de IVA, y no era posible incrementar nuestros honorarios en un 19%, ya que nos transformaba en no competitivos, y por otra parte, tampoco podíamos asumirlo íntegramente como estudio.Es por ello que asumimos la estructura de una sociedad de profesionales no afecta a IVA”, explica.

Valga una aclaración: los clientes que son contribuyentes de IVA pueden descontar ese impuesto del IVA que pagan por sus compras. Y en esos casos, el efecto se netea. Pero otros no son contribuyentes de IVA. ¿Quiénes? Sociedades holding, bancos, empresarios, sucesiones, fondos de inversión privados, administradoras general de fondos o de fondos mutuos, etc. Y deberán pagar un 19% más ahora. O los prestadores deberán adecuar precios, dice un abogado.

“Hay muchos estudios de abogados que no podrán cambiar su estructura y recargarán IVA a sus honorarios. Si su cartera de clientes son principalmente empresas contribuyentes de IVA, no es un problema. Sin embargo, si sus clientes no lo son, lo más seguro es que en parte se incrementen los honorarios y en parte el estudio asuma una parte del IVA como menor utilidad del negocio. Esto puede ser muy grave, ya que muchos estudios medianos o pequeños tienen márgenes de utilidad de un 15%, lo que no les permite asumir como carga propia el IVA”, ejemplifica Recabarren.

Escobar opina lo mismo. “Habrá una distorsión de precios que no tiene que ver con la calidad ni costo del servicio, sino provocada por el IVA. Lo que el manual más básico de IVA te dice que no tiene que hacerse acá lo hicimos: una buena manera de estropear un impuesto que funcionaba bien”.

Sin cambios

Las sociedades que ya son de responsabilidad limitada y tienen socios personas naturales y giro exclusivo de asesoría, no tendrán que hacer cambios. Pero si ajustan su objeto o se retiran socios, por ejemplo, deben actualizar estatutos e inscribirse en el registro de sociedades de profesionales que abrirá, hasta el último día de junio, el SII.

Es el caso de varios estudios. Barros & Errázuriz Abogados Limitada tiene 40 socios, según una escritura del 25 de octubre. Los dos socios que dan nombre al estudio tienen los porcentajes más altos: Fernando Barros, director deSocovesa y Agrosuper, tiene el 15,25%, lo mismo que José Tomás Errázuriz, director de Coca Cola Embonor. El socio administrador, Cristián Barros, y el líder del área corporativa, Pablo Guerrero, tienen el 5,6% cada uno. Son 140 abogados.

Otro ejemplo: el bufete Ferrada Nehme también es una sociedad limitada y sus socios principales son Rodrigo Ferrada y Nicole Nehme, especialista en libre competencia. Ferrada tiene el 22%, Nehme, el 24%.

Un estudio de los grandes que no registra cambios en el Diario Oficial al menos desde 2019 es Claro & Cía. Hay dos sociedades ligadas al bufete creado en 1880. Claro & Cia. S.A. es una sociedad anónima que nació en 1976 como Inmobiliaria Moneda y que en 2019 tenía un directorio presidido por José María Eyzaguirre Baeza, quien ha sido director de empresas como Latam, Walmart y SQM, e integrado por su hermano Cristóbal y el socio Rodrigo Ochagavía. Pero también los socios del bufete participan en Asesorías Moneda Limitada, la que tiene aguas arriba 19 sociedades de inversión, algunas limitadas, y otras S.A. SpA. Cada una de ellas tenía en 2019 el 5,26315% de los derechos sociales. No hay registro de modificaciones desde entonces.

Tampoco han hecho cambios visibles en el Diario Oficial el abogado Ricardo Escobar en su alianza con Jorge Bofill y Loreto Silva, quienes comparten una sociedad limitada en la que son socios ellos y sus sociedades de inversión. Escobar no da luces de si harán cambios. Pero aun hay tiempo. Cualquier ajuste tiene tope: 30 de junio de 2023.

Carey: El bufete más grande

“Carey es el estudio de abogados más grande de Chile, con más de 270 profesionales en su área legal”, presenta su página web. Según registros oficiales de este año, hay dos sociedades limitadas en las que se repiten 33 socios, cada uno con un 3,03% de los derechos de Carey y Compañía Limitada y Estudio Carey Limitada. Lo refrenda el grupo legal: la primera, indican, está destinada a asuntos legales generales (materias corporativas, de M&A, judiciales), y la segunda, para gestiones ligadas a la protección de propiedad intelectual de nuestros clientes (tramitación de marcas y patentes, la protección de datos, etcétera).

“En ambas sociedades nuestros socios participan directamente en ellas, y están vinculados diariamente en la prestación de sus servicios profesionales y relación con clientes”, dicen desde el estudio que encabeza Jorge Carey Tagle desde hace años como socio principal.

“Los servicios que prestan ambas sociedades (Carey y Cía. Ltda. y Estudio Carey Ltda.) seguirán facturando sin IVA a partir del 1 de enero de 2023″, dice Jaime Carey, socio administrador.

Igual que todo el resto de los estudios de abogados, su capital es bajo. Carey y Compañía reporta un capital de $ 165 millones, y Estudio Carey, $ 1,6 millones. Nada para una empresa que tiene más de 600 personas -ingenieros, secretarias, auxiliares, publicistas, periodistas- y ocupa seis pisos enteros del edificio Titanium, los que posee bajo un contrato de leasing. “Es común que las empresas de servicios tengan un menor capital que empresas de otras industrias considerando que, por su naturaleza, se trata de sociedades que prestan un servicio en donde prima el trabajo por sobre el capital”, responde Carey.

Lo mismo explican otros especialistas. “El principal recurso de una sociedad de profesionales es el trabajo por sobre los bienes de capital, a diferencia de una fábrica u otro tipo de empresa productiva”, dice Soledad Recabarren. “Como es un negocio de servicios, las utilidades del negocio no se reparten en función del capital, sino de fórmulas que tienen que ver con aporte en el volumen de negocio, funciones y prestigio de los socios u otras. El capital no es relevante”, agrega Ricardo Escobar.

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