Caso Cascadas: El CDE refuta a Julio Ponce por los intereses de la multa

julio ponce

El fisco afirma que los intereses que debe pagar rigen desde 2014, cuando se cursó la multa original, y no desde 2019, como sostuvo su abogado, Jorge Bofill. La disputa será por miles de millones de pesos.


El lunes, Julio Ponce cerró un capítulo y desde su cuenta corriente del Banco Santander transfirió al 18 Juzgado Civil de Santiago $ 2.152 millones por la multa que la Superintendencia de Valores y Seguros le cursó en 2014 por su rol en el caso cascadas. Cerró un capítulo y abrió otro: la disputa por intereses que podrían ser aún mayores que la multa de 75 mil UF que dictaminaron el Tribunal Constitucional y las Cortes de Apelaciones y Suprema.

El martes, el abogado de Ponce, Jorge Bofill, acreditó la transferencia bancaria y pidió al 18 Juzgado, donde se ventiló la reclamación a la multa original, que liquidara el pago de intereses, que según la ley ascienden a 1,5% mensual o 18% anual.

Bofill pidió que el cálculo de los intereses se computara desde febrero de 2019, cuando la Corte de Apelaciones, previo dictamen del Tribunal Constitucional, anuló en este caso la norma que permitió a la SVS multar a Ponce con hasta el 30% de la operación irregular -1,7 millones de UF- y fijó un techo de 75 mil UF.

El jueves, el Consejo de Defensa del Estado reaccionó a través de un téngase presente firmado por Ruth Israel, abogada del organismo, en el que refuta dos cuestiones: primero, el pago de un crédito que no ha sido cobrado; segundo, la petición de liquidar intereses “calculados a su conveniencia” transgrede el texto expreso de la ley.

El CDE dice que Ponce cometió un error al consignar el pago en el tribunal y no en la Tesorería, además de hacerlo sin que el 18 Juzgado Civil haya dictado el cúmplase del fallo con el que la Suprema –el 2 de octubre- puso fin al caso. Según el CDE, la multa no está ejecutoriada y recién cuando ello ocurra, Ponce tendrá cinco días para pagar.

Aun así, ya que la multa fue pagada, el CDE pidió al tribunal que la transferencia de Ponce sea consignada en la Cuenta Única Fiscal que la Tesorería tiene en el Banco del Estado. “El ingreso hecho en la cuenta corriente del tribunal, al ser improcedente y parcial, no produce el efecto de extinguir la obligación fiscal impuesta por la SVS al reclamante”, dice el texto.

La disputa por los intereses será más sustancial. El CDE dice que la ley de la SVS –ahora Comisión para el Mercado Financiero- establece que los intereses de una multa se devengan “desde el undécimo día de notificada la resolución de la Superintendencia que aplicó la multa”, lo que ocurrió en septiembre de 2014. Y no desde 2019, como pretende Ponce.

“La rebaja final de la multa no le exonera del pago de los intereses devengados desde que se impuso la multa, como tampoco lo hace con los reajustes”, dice el escrito del jueves del CDE.

Desde septiembre de 2014 han transcurrido 72 meses. Un interés mensual de 1,5% equivaldría, así, a cerca de un 108%, lo que significaría para Ponce un pago superior a los $ 2.300 millones.

En cualquier caso, el CDE sostiene que esa discusión no compete al 18 Juzgado Civil de Santiago. “Este no es un juicio de cobro”, sostiene la abogada del fisco.

El CDE concluye que la solicitud de cálculo de intereses “en la inventiva forma que la pretende calcular el sr. Ponce” podrá ser discutida en un nuevo juicio o, en el ámbito administrativo, en la Tesorería Regional respectiva.

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