Eiffage vs. Gimco: gigante francesa pierde arbitraje con constructora del Parque Fotovoltaico Domeyko de Enel

El 7 de febrero de 2023, el Coordinador Eléctrico Nacional entregó la autorización para el inicio del parque solar ubicada al interior del desierto de Atacama.

Gimco, empresa subcontratista de la planta fotovoltaica Domeyko de Enel Chile, ganó un arbitraje a Eiffage. La sentencia del árbitro Jorge Granic ordena a la gigante francesa pagar más de $2 mil millones por incumplimientos de contratos. Frente al revés, la europea presentó un recurso de queja ante la Corte de Apelaciones de Santiago en marzo de 2023 y a la fecha aún no cuenta con resolución. Por otro lado, ante la negativa del pago, Gimco exigió el cumplimiento del fallo y el viernes el 3 Juzgado Civil de Santiago ordenó oficiar a Enel Green Power Chile para embargar los dineros que correspondía recibir Eiffage.


El árbitro Jorge Granic acogió la demanda que presentó la empresa constructora Gimco Engineering SpA (Gimco) contra Eiffage Energía Chile Limitada, en la que solicitó declarar el término de los contratos en obras del proyecto denominado Parque Fotovoltaico Domeyko de propiedad de Enel Chile en la Región de Antofagasta.

La sentencia acoge la demanda de la constructora y declara la terminación de cuatro contratos y condena a Eiffage a pagar a Gimco $2.017 millones por incumplimientos en la construcción de la obra y $365 millones por devolución de retenciones.

Pulso tuvo acceso al laudo en el que el juez acogió también la demanda reconvencional que planteó Eiffage y ordena a Gimco pagar $109 millones por obligaciones laborales. Por lo tanto, la gigante francesa, en su calidad de contratista de Enel, debe pagar a $2.273 millones.

Frente al revés, la empresa europea presentó un recurso de queja ante la Corte de Apelaciones de Santiago en marzo de 2023 y a la fecha aún no cuenta con resolución. Y por otro lado, ante la negativa del pago, Gimco exigió el cumplimiento incidental del fallo y el viernes el 3 Juzgado Civil de Santiago ordenó oficiar a Enel Green Power Chile para embargar los dineros que correspondía recibir Eiffage.

En el fallo, el árbitro recordó que el 15 de octubre de 2021 Gimco interpuso en contra de Eiffage una demanda pidiendo declarar la terminación de cuatro contratos con indemnización de perjuicios, y que se condene a Eiffage a indemnizar los perjuicios. En su demanda, Gimco explicó que los contratos apuntaban a obras ordinarias, tales como adecuación de terrenos, movimientos de tierra, construcción de caminos y construcción de zanjas eléctricas, entre otras. A ellas se suman algunas obras extraordinarias, no previstas originalmente, por ejemplo, la construcción de caminos provisionales de acceso a la faena y de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.

Según Gimco, estas últimas obras habrían sido pedidas “sin mayores formalidades, en terreno, y de manera verbal, y en algunos casos mediante correos electrónicos”. Todas las obras están ligadas al proyecto Parque Fotovoltaico Domeyko de propiedad de la empresa eléctrica Enel Chile, en la Región de Antofagasta, del que Eiffage es contratista, y, a su vez, Gimco es subcontratista.

La constructora alegó que los pedidos de subcontratación se habrían constituido en órdenes de compra y el precio original de todos los contratos sumó $1.625 millones y que, sumado al valor de las obras extraordinarias, el precio total ascendió a $3.807 millones.

“A juicio de este sentenciador, no existe claridad y precisión suficiente sobre los conceptos y montos que las partes ‘acordaron proceder’, tampoco es claro si dicha suma se refiere a obras ya ejecutadas o también a trabajos cuya ejecución estaba pendiente. En consecuencia, la conclusión es que no consta, en esos documentos ni en otros antecedentes del proceso, que las partes hayan acordado efectivamente el pago a Gimco de las partidas y montos en análisis”, consignó el juez Granic en su sentencia.

Sin embargo, el árbitro agrega que al examinar documentos presentados “se constata que los mismos contienen la medición y valor de obras ejecutadas por Gimco en el período que cada certificación o estado de pago señala. A juicio de este sentenciador, lo relevante es que dichos documentos sirven al mismo propósito previsto en la cláusula décima de los contratos, que define los estados de pago como ‘una relación valorada de los trabajos realizados y terminados’. Además, están firmados por quienes eran responsables en la obra, por parte de Eiffage”, concluye.

En el arbitraje Gimco designó como abogados patrocinantes a José Ignacio Jiménez y Felipe Garcés, socios de Jiménez Garces Abogados. Por su parte, Eiffage contó con la asesoría de Carlos Molina y Luis Felipe Correa de Molina y Ríos Abogados.

“Graves antecedentes judiciales”

En su demanda, Gimco explicó que desde el comienzo de las faenas en el Proyecto, fechado el 2 de junio de 2020, Eiffage habría incumplido diversas de sus obligaciones, generando atrasos y paralizaciones de las obras.

“El día 6 de enero de 2021 envió un correo electrónico al contratista para dar cuenta de la falta de solución de diversos estados de pago pendientes, impidiéndole a Gimco cumplir con sus propias obligaciones laborales y contractuales con trabajadores y proveedores —respectivamente—; y además, Eiffage le adeudaría a Gimco las sumas por concepto de retenciones sobre cada uno de los estados que pagó, cada una ascendente al 10% del estado de pago respectivo. Todo lo anterior, expone la actora, habría motivado a ésta a retirarse del sitio de la Planta Fotovoltaica el día 20 de enero de 2021″, consignó el laudo.

Gimco denunció en el marco del arbitraje que el grupo empresarial al que pertenece Eiffage contaría con graves antecedentes judiciales y administrativos. En el extranjero, habría sido condenada en Francia, España y Angola por delitos de colusión y corrupción; y en Chile, la Seremi de Salud de la Región de Antofagasta ordenó paralizar la obra del Parque en octubre de 2020, por “infracciones relativas al funcionamiento de los sistemas particulares de agua potable y de aguas servidas”.

El 15 de noviembre de 2021, Eiffage contestó la demanda interpuesta en su contra y solicitó que fuese rechazada en todas sus partes. Igualmente, rechazó las afirmaciones efectuadas por Gimco relativas a la supuesta comisión de hechos ilícitos, tanto por su parte como por otras entidades que conforman su grupo empresarial. Además, sostuvo que los presuntos perjuicios sufridos por el subcontratista no serían fundados. A modo de ejemplo, la francesa señaló que Gimco incorporó en su demanda diversas tablas de datos, con elevados montos y supuestos perjuicios sufridos, sin exponer o especificar detalle alguno al respecto.

Además, argumentó que Gimco incurriría en diversas y graves inconsistencias. A su juicio, Gimco duplicó los montos adeudados, exigiendo el pago de supuestos estados de pago que contienen el porcentaje de retención respectivo, para luego pedir, además, montos por concepto de retenciones.

Según la francesa, Gimco habría ejecutado trabajos $3.807 millones, siendo que el precio de las obras contratadas entre las partes ascendió sólo a $2.164 millones.

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