Columna de Ernesto Treviño: Retrocesos para la educación



En el ámbito educativo, la propuesta constitucional implica importantes retrocesos para satisfacer el derecho a la educación de niños, niñas y jóvenes. El proyecto no proyecta un sistema educativo para el futuro, sino que lo hace mirando al pasado. De hecho, al leerla pareciera ser un posicionamiento de los conservadores del siglo XIX en América Latina enfrentando a los liberales durante la separación del Estado y la religión. Ni siquiera las constituciones de 1833 y 1925 llegaron a tanto.

Son dos los artículos sobre educación: el 23 está enfocado en educación, y el 24 solo en la libertad de enseñanza.

El artículo 23 tiene dos problemas clave. El primero es que constitucionaliza el financiamiento educativo por estudiante, conocido como subvención o voucher. Esta forma de financiamiento ha llevado a que escuelas públicas, subvencionadas, rurales y los jardines infantiles, vía transferencia de fondos, operen con déficits económicos. Un estudio reciente realizado desde Ceppe UC para la Unicef da cuenta de esta grave situación. De aprobarse la propuesta constitucional se condenaría a la quiebra a estas instituciones educativas. Se trataría de un duro golpe para niños, niñas y adolescentes de Chile.

El segundo problema del artículo 23 es que, al consagrar el derecho preferente de los padres o tutores a elegir la educación y determinar el bien superior de los hijos, se ignora la evidencia de maltrato infantil en Chile. En el país, cerca de 75% de los hogares usa la violencia para educar a los menores de edad, y 34% usa violencia física para educar. Como sociedad estamos al debe en cuanto a la capacidad de cuidado parental, y la propuesta constitucional disminuye la posibilidad de proteger a niños, niñas y adolescentes. Incluso, se corre el riesgo de judicializar el desarrollo de programas de parentalidad positiva, pues podría argumentarse que contradicen el derecho preferente de los padres o tutores.

El artículo 24, por su parte, que trata sobre libertad de enseñanza, junto con la objeción de conciencia institucional, representa un grave retroceso en el derecho a la educación, debido a la posibilidad de discriminación arbitraria. Por un lado, el artículo propone que los padres o tutores podrían enseñar por sí mismos a los niños y niñas, lo que podría llevar a casos de negligencia grave que se limitan el derecho a una educación de calidad.

Por otro lado, la libertad de enseñanza daría la posibilidad de abrir escuelas -incluso- de tipo nazi, antisemitas, o que seleccionen a los estudiantes por sus rasgos raciales o cualquier otro motivo. Además, da a los establecimientos la autonomía para definir la mitad de los contenidos curriculares, siendo las únicas limitaciones las impuestas “por la moral, el orden público y la seguridad del país”.

El tercer problema del artículo 24 es que establece un quorum calificado para aprobar las exigencias mínimas de calidad que deben cumplir los establecimientos educacionales, politizando un debate altamente técnico que han abordado las instancias como el Consejo Nacional de Educación.

En suma, de aprobarse la propuesta constitucional del Consejo, se multiplicarán los problemas de financiamiento, de satisfacción del derecho a la educación y de protección a la niñez y la adolescencia. Es lamentable que los consejeros hayan proyectado a Chile hacia el pasado en vez de abrir caminos para un mejor futuro.

Por Ernesto Treviño, académico de la Facultad de Educación UC

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