Reforma educacional: cambios incluyen penas por lucro y acreditación por un mínimo de dos años

imagen-tematicas-de-estudiantes3071

Minuta del gobierno revela que se mantiene la Comisión Nacional de Acreditación y la certificación por años, aunque será obligatoria. Además, reconoce a las universidades no estatales del Cruch, diferenciándolas del resto de las privadas del sistema.




Ya se había anunciado hace algunas semanas y el lunes, durante una reunión entre el Ministerio de Educación (Mineduc) y parlamentarios de la Nueva Mayoría, se confirmó: el proyecto de reforma a la educación superior se acotó de 202 artículos permanentes a 118 (y de 60 a 40 en los transitorios), de acuerdo a una minuta oficial a la cual tuvo acceso La Tercera.

Con ello, se eliminan varios aspectos claves de la iniciativa, pero también se agregaron otros. El documento, que aclara que la indicación será de tipo sustitutiva, señala que "se incorpora el delito de lucro, el cual se ha trabajado con expertos penalistas". Este punto era una demanda central de algunos parlamentarios de la Comisión de Educación de la Cámara y de distintos actores sociales.

La tipificación del lucro como delito será abordada en el capítulo dedicado a la futura Superintendencia de Educación Superior. La minuta entregada subraya que "el delito busca resguardar que los recursos de las instituciones serán utilizados en el cumplimiento de los fines de ésta, y sanciona penalmente a quienes teniendo facultades de dirección en la institución celebren estos actos con personas relacionados en los cuales estos tengan un interés".

Acreditación por años

Originalmente, la reforma proponía la creación de un Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, que incluía una agencia acreditadora y un consejo para la calidad.

Sin embargo, con las modificaciones que presentará el gobierno en los próximos días se descarta una estructura más ambiciosa y se opta por mantener la actual Comisión Nacional de Acreditación (CNA).

Las indicaciones abordan también cambios en la composición del organismo, lo que, según la minuta, "soluciona los conflictos de interés de los actuales consejeros, al eliminar a los incumbentes como integrantes de este organismo". Es decir, elimina la participación de los representantes de las instituciones que hoy pueden ser consejeros de la CNA.

Ayer, la ministra de Educación, Adriana Delpiano, se refirió a los cambios y señaló que "había aspectos en el proyecto que eran muy reglamentarios", por lo que se acotó el texto. Respecto de la acreditación, dijo que se busca que la CNA esté compuesta por "personas que no tengan un vínculo directo con las instituciones, que no sean juez y parte".

Pero este no es el único aspecto en que retrocede el Mineduc. Según la minuta, se conserva la idea del proyecto original que establece la obligatoriedad de la acreditación de las instituciones, sin embargo, se descarta que sea por niveles. Cabe recordar que la reforma original establecía tres categorías de acreditación: A, B y C, las que dependían de alcances en materia de investigación (internacional, nacional o regional) y que la certificación se extendía por ocho años de manera general. Si un plantel no alcanzaba el nivel más bajo (C), quedaba condicional y se establecía un plazo de tres años para lograr el umbral mínimo.

El documento reservado del gobierno plantea cambios al respecto: "Se eliminan las referencias a los niveles de calidad, manteniéndose la acreditación por años. Corresponderá a la CNA realizar una propuesta de cuáles serán los niveles de calidad del sistema".

El texto agrega que se "establece que la acreditación puede tener un máximo de ocho años (no siete como sucede actualmente) y que una institución con tres años se entiende acreditada, y que con dos años obtiene una acreditación condicional".

En caso de que un plantel no logre la acreditación, se mantiene la norma del proyecto, que establece el nombramiento de un administrador provisional, y si en tres años no se certifica, se procede al cierre.

También se modifica lo dispuesto para los programas de estudio. Actualmente la certificación de carreras es voluntaria -salvo Pedagogía y Medicina- y el proyecto señalaba que en la acreditación institucional se exigiría a los planteles certificar el 30% de sus carreras, lo que en el caso de la U. de Chile significaba certificar 80 programas. Según el nuevo documento, "se conserva la acreditación voluntaria de carreras y, en consecuencia, se mantienen las agencias acreditadoras, pero introduciendo importantes modificaciones para resolver los conflictos de interés que actualmente éstas presentan".

Las modificaciones del gobierno contemplan, en sus disposiciones generales, "un artículo que se referirá a la provisión mixta de la educación superior, distinguiendo entre universidades estatales, instituciones del Cruch y privadas. (...), quedando en la parte general la distinción entre instituciones, más el reconocimiento a la labor del Cruch".

Respecto del financiamiento, la minuta señala que se adecuarán los requisitos para acceder a la gratuidad a los estipulados en la glosa presupuestaria de 2017 y que se eliminará el

Financiamiento para Investigación y Creación Artística. Este último fondo fue ideado para todas las instituciones que adscribieran a gratuidad.

Por último, las modificaciones descartan la existencia de una Subsecretaría de Educación Superior y, en su lugar, propone mantener y fortalecer la actual División de Educación Superior del Mineduc.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.