Padrón electoral: gobierno apuesta por aprobar ley corta en 24 horas

Ley corta padrón electoral

Se solicitó a los presidentes de ambas cámaras el despacho inmediato de la norma. Aunque el oficialismo no necesitaría de sus votos, los plazos dependen de un pacto con la oposición.




Por segundo día consecutivo, el comité político de La Moneda sostuvo reuniones extraordinarias para solucionar el problema de los cambios arbitrarios de domicilio electoral que estaban dejando a casi medio millón de personas sin posibilidades de votar en su comuna o local habitual.

Ayer por la mañana, los ministros acudieron al ex Congreso para reunirse con los presidentes de ambas cámaras, el diputado Osvaldo Andrade (PS) y el senador Ricardo Lagos Weber (PPD), con el fin de consensuar un cronograma legislativo que permita aprobar en 24 horas una ley corta que duplicará la inscripción de los 467.273 afectados para permitirles elegir si votan en su antiguo o nuevo local de votación.

"Esperamos poder despacharlo el día de mañana, luego de tener una discusión sobre el contenido. Todavía nos hace falta verlo materialmente por escrito", dijo Lagos Weber.

En la cita se acordaron cuatro sesiones extraordinarias. A las 16 horas, el proyecto ingresará a la Cámara de Diputados para discusión inmediata. Aunque desde el gobierno habían informado erróneamente que necesitaban de un quórum de 3/5 para aprobar la enmienda, el rango de ley orgánica constitucional exige 4/7 de la Cámara, es decir 68 votos, un número fácil de alcanzar con el apoyo de los 63 diputados de la Nueva Mayoría y de algunos independientes cercanos al oficialismo.

Lo mismo deberá replicarse en el Senado, que convocó a tres sesiones especiales a partir de las 18 horas. La iniciativa requiere de 21 votos para ser aprobada, que el oficialismo puede conseguir si vota en bloque.

Sin embargo, el gran problema del proyecto es que debe ser aprobado contra el reloj. Y para conseguir su despacho en el tiempo contemplado por el gobierno, debe haber un acuerdo unánime entre las bancadas que omita un eventual trámite en alguna de las comisiones encargadas de revisar la materia (Constitución o Gobierno Interior) y que limite las intervenciones en sala. Para eso, el gobierno y el Servel buscaban anoche un acuerdo con la oposición (ver nota secundaria).

De lograr un entendimiento con la derecha, el proyecto debiera salir aprobado de la Cámara entre las 18 y 20 horas, dándole suficiente tiempo al Senado para legislar hasta la madrugada. Si se cumplen estos plazos, la ley corta deberá ser revisada a primera hora del martes por el Tribunal Constitucional. La apuesta del Ejecutivo es que el proyecto pueda ser promulgado el miércoles.

El día de la votación

La eventual aprobación de este proyecto de ley permitirá que este domingo 23 de octubre aquellas 467.273 personas que se vieron afectadas por un cambio de domicilio electoral arbitrario tengan dos opciones al momento de salir a votar: hacerlo en su antiguo local de votación o en el que erróneamente se les ha asignado en el nuevo padrón electoral. Mientras la primera alternativa se asume conocida por cada elector -en la medida que haya participado de comicios anteriores-, la segunda puede ser consultada en la página web del Servel (www.servel.cl) ingresando su RUT. Según autoridades del organismo, aún no hay seguridad de si alcanzarán a subir al sistema en línea los datos de los dos centros de votación entre los cuales podrá escoger el votante.

Si la persona elige votar en su nueva mesa, sencillamente deberá presentarse con su carné de identidad o con su pasaporte en la dirección indicada en la página web; en cambio, si decide sufragar en su local habitual, deberá preguntar si puede votar en su mesa de siempre o si se ha constituido una mesa especial para aquellos electores con doble inscripción. Esto dependerá de cómo se administren en cada centro las páginas adicionales del padrón que serán impresas esta semana y que duplicarán la inscripción de los afectados.

De acuerdo a fuentes del Servel, esto dependerá de las características de cada local y de la cantidad de afectados que exista en cada mesa receptora, que por ley no puede superar los 450 electores. Se estima que esto no debiera ser un problema en la práctica, por el vaticinio de un alto porcentaje de abstención para este domingo.

El inminente problema de la doble votación tampoco preocupa demasiado a las autoridades, que consideran que las sanciones contempladas en el artículo 136 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios (Ley N° 18.700) serán un disuasivo eficaz. Esta norma establece penas que van desde el presidio menor en su grado medio (541 días) al presidio mayor en su grado mínimo (cinco años y un día), además de multas que van de una a tres UTM, para quien vote más de una vez.

"El Servel sabe quiénes son esos que hoy tienen una situación compleja porque les asignaron un domicilio distinto (…). Con un lector digital van a revisar y sabrán quiénes de esos 467 mil votaron o no votaron, dónde, y si votaron", explicó Lagos Weber.

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