Negociaciones de sindicatos interempresas dependerá del tamaño de las firmas

manifestación negocios

La DT, además, entregó detalles de las negociaciones de trabajadores temporales.




Una de las mayores piedras de tope en el marco de las negociaciones de la Reforma Laboral, fueron las definiciones respecto a los sindicatos interempresas.

Este miércoles, la Dirección del Trabajo emitió el último de los nueve dictámenes de oficio de la reforma, el cual justamente se refiere a este tipo de sindicatos, dejando en claro que los procesos de negociación al interior de los sindicatos interempresa dependerán del tamaño de las empresas involucradas.

Al respecto, mientras en las medianas y grandes firmas los sindicatos interempresas "podrán negociar regladamente y con carácter vinculante solo a nivel de empresa, debiendo para ello agrupar a trabajadores de empresas del mismo rubro o actividad económica y cumpliendo en la respectiva empresa con quórum de afiliación", en el caso de las pequeñas y micro firmas las negociaciones con el sindicato interempresa "solo serán posible si lo acepta el empleador, es decir, tiene carácter voluntario".

Según Luis Lizama, asesor laboral de Sofofa, este punto significa que "un sindicato interempresa puede negociar colectivamente, en forma obligatoria, con un procedimiento reglado, sólo en cuanto cumpla el quórum para ser sindicato de empresa", agregando que "con la nueva ley la exigencia para negociar colectivamente, si bien es mayor, también la ventaja es mayor, ya que los sindicatos interempresas pueden obligar a negociar colectivamente a un empleador si en aquella empresa reúnen al 10% de los trabajadores, con un mínimo de 25 trabajadores".

En tanto, el especialista en materia laboral, Huberto Berg, sostuvo que el documento no agrega mucho a lo que ya ha planteado la norma, advirtiendo que "las consultas de fondo empezarán a surgir ahora, cuando entre en vigencia la ley y las partes se encuentren ante situaciones nuevas. Ahí habrá que ver como actúa la DT".

Comparte Karl Sievers, gerente de relaciones laborales de BDO Chile, quien agregó que "por esto la DT tendrá que emitir otros dictámenes de oficio, porque cuando la ley entre en vigencia aparecerán dudas sobre este punto".

La DT además especificó que los trabajadores eventuales, de temporada y de obra o faena transitoria ahora sí podrán negociar con una regulación especial, como también de forma no reglada.

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