Minsal oficializa entrega de "píldora del día después" a menores de 14 años

Reglamento, publicado hoy en el Diario Oficial, dispone obligatoriedad en suministro del fármaco. Personal debe informar a tutores de adolescentes, a menos que éstos pidan confidencialidad.




El próximo 28 de mayo entrará en vigencia el reglamento que regula la forma de entrega de los anticonceptivos regulares y de emergencia en el país. Desde ese momento, no serán admisibles las objeciones de conciencia ni la aplicación discrecional de la normativa en los servicios de salud públicos. Tampoco se podrá poner límites etarios: la ley dispone que la conocida "píldora del día después" debe suministrarse, incluso, a los menores de 14 años que la soliciten. "Estaremos obligados a entregar los medicamentos anticonceptivos, todos y cualquiera de ellos", dijo el ministro de Salud, Jaime Mañalich.

De acuerdo con el estatuto, publicado hoy en el Diario Oficial, cuando un menor de 14 años pida en un centro asistencial la "píldora del día después", el funcionario de salud deberá, primero, entregársela. Con posterioridad, deberá contactar a uno de los padres o apoderados del adolescente para informar lo ocurrido.

Sin embargo, el reglamento incluye una disposición que dejará a criterio del profesional de salud esta acción. Ello, pues dispone que "toda persona tiene derecho a la confidencialidad y privacidad", tanto de sus opciones como "sobre los métodos y terapias escogidos para la regulación y/o planificación de su vida sexual".

Según Mañalich, la redacción del reglamento obliga al facultativo, "a tomar una decisión personal muy compleja" para definir el procedimiento. "Es como lo que ocurre en un confesionario, y está redactado de tal manera que si el médico o matrona estima que, según el secreto profesional, debe guardar la confidencialidad, podrá hacerlo", añadió.

Según datos entregados por el Ministerio de Salud, en 2011 se otorgaron 6.288 "píldoras del día después", lo que constituye un repunte del 44% en comparación con 2010, cuando se distribuyeron 4.367 dosis del fármaco.

PROBLEMAS EN LA ENTREGA
El decreto hace operativa la Ley 20.418 -en vigencia desde enero de 2010-, que establece el derecho de toda persona a recibir el método anticonceptivo que libremente escoja, así como información pertinente a su utilización.

Esta discontinuidad entre la ley y la ausencia del reglamento es uno de los factores que los profesionales de salud reconocen como traba, hasta hoy, en la aplicación de la ley, particularmente en el caso de los jóvenes.

"No habiendo reglamento, las personas interpretaban la ley como consideraban e, incluso, la desconocían por temas valóricos. Con esto, las matronas podrán entregar la anticoncepción de emergencia siempre que se solicite e independientemente de si son adultos o jóvenes", dijo la presidenta del Colegio de Matronas, Anita Román.

Los problemas en la entrega del fármaco fueron analizados durante 2011, en un estudio de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Central, que mostró que el 29,7% de los municipios no entregaba el fármaco. Claudia Dides, directora de gestión de proyectos de la U. Central y coautora del informe, explicó que las trabas se mantienen. "La ley se ha cumplido a medias. A falta del reglamento, hay matronas que no tienen claridad del procedimiento y consultorios que no la entregan por un tema ideológico", afirma Dides.

Sobre esto, Mañalich dijo que el nuevo estatuto obligará a que se cumpla el derecho a la anticoncepción de emergencia. "Si un consultorio municipal se niega a entregar la 'píldora', tendremos que tomar medidas", indicó el ministro, precisando que la demora del reglamento se debe a los estudios asociados a la proyección de demanda de los fármacos.

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