Manos al Fuego: Corte de Apelaciones acoge recurso de protección por uso de cámaras ocultas

La acción fue presentada por uno de los participantes, puesto a prueba por su polola. La grabación, que no pudo emitirse, vulnera el respeto a la vida privada y debe ser borrada.




El programa de Chilevisión, Manos al Fuego, se ve enfrentado a un problema legal. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado en contra del programa conducido por Eva Gómez y César Campos.

La Sexta Sala del tribunal de alzada resolvió acoger la acción cautelar presentada por Valentín Daza, pareja de Claudia Morales, esta última, quien puso a prueba la fidelidad de su pareja en febrero pasado.

Según indica el fallo, el 20 de febrero Claudia fue abordada por el animador para ganar $ 500 mil pesos para que, con uso de cámaras ocultas, su novio fuera tentado por una atractiva actriz contratada por Chilevisión y "a medida que se iban profundizando, hacían perder dinero a su polola".

El afectado señaló que este hecho "generó una fuerte crisis de pareja con su polola, a quien pidió que hiciera todo lo posible para que no se usaran esas imágenes, haciendo ver al canal que nunca dio su consentimiento para la emisión de ellas". Posteriormente, la mujer regresó los $ 200 mil pesos que alcanzó a ganar en el programa.

A través de la chica y de su familia, el equipo habría intentado convencer insistentemente al afectado de aceptar la emisión del programa, acusando además que ante su negativa, fue avisado que el programa sería emitido de todas formas. "Si bien a la fecha el programa no ha sido emitido, hay una amenaza directa a su derecho de respeto y protección a su vida privada, y/o también a la honra de su persona", explicó el fallo.

El canal aseguró que tanto la persona que decide participar como su pareja puesta a prueba, firman una "cesión de derechos de imagen,  requisito indispensable para que el programa sea emitido".

La sentencia, finalmente, determina que la grabación con cámara oculta vulnera la garantía constitucional de respeto a la vida privada, por lo que no basta cancelar la emisión del capítulo sino que se exige borrar de sus registros la grabación del episodio que incluyó al afectado.

Consultado por La Tercera, el canal declinó realizar declaraciones.

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