Las nuevas facultades del SII para fiscalizar

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En junio entró en vigencia una nueva facultad mediante la cual el SII puede fiscalizar de forma remota a empresas. Desde luego, esto representa oportunidades y costos a considerar.




En junio pasado entró en vigor un artículo del Código Tributario que entrega al Servicio de Impuestos Internos (SII) la facultad de realizar fiscalizaciones a los contribuyentes directamente a través de sus sistemas informáticos/contables, mediante un perfil en sus softwares. Aunque el artículo está más bien dirigido a empresas de mayor tamaño, también las pymes pueden quedar afectas a este método de vigilancia, el que puede presentar tanto ventajas como desventajas para este segmento.

* Ventajas y desventajas

"Las nuevas atribuciones otorgadas al SII representan una potente herramienta de control fiscal y una presión formal para las compañías en términos de la gestión de su información y los sistemas que la soportan, los que deberán estar disponibles para eventuales revisiones, lo que, en mi opinión, puede ser considerado tanto una oportunidad como una desventaja", señala César Gárate, gerente de Consultoría en Desempeño Tributario de EY Chile .

Gárate observa que la nueva norma puede ser una oportunidad dado que se da la instancia para replantear la administración de la información contable de una empresa y de los sistemas informáticos que la soportan, los que deberán evaluarse en conjunto a efectos de mitigar los riesgos asociados a revisiones de este tipo. También se traduciría en beneficios para los dueños de las compañías, quienes a raíz de este nuevo escenario contarán con información oportuna y de calidad para la toma de decisiones.

"En el caso particular de la pequeña y mediana empresa, la desventaja inmediata que veo radica, principalmente, en los costos involucrados tanto en la gestión y preparación de la información financiera, como los incurridos en la revisión de los sistemas contables y sus anexos", concluye EY Chile.

Por su parte, Mario Piña, socio de Bustos Tax & Legal, sostiene que "esta disposición impone a los contribuyentes una nueva carga administrativa derivada de los nuevos estándares de fiscalización. Obviamente, las pymes son las que deberán hacer los mayores esfuerzos, en el caso de que el servicio las notifique de una fiscalización remota, pues generalmente cuentan con sistemas más básicos o incluso tienen externalizado el servicio contable".

De todas formas, concluyen en Bustos Tax & Legal, es muy importante que se resguarde debidamente el secreto tributario que consagra el artículo 35 del Código y que el servicio dé garantías de aquello. Este, indican, puede ser el mayor temor de los contribuyentes al momento de ser requeridos de una fiscalización remota, pues en la práctica el fiscalizador será un usuario más que eventualmente podría tener acceso a información comercial clave para la empresa.

* Recomendaciones

En EY Chile señalan que la recomendación para todas las compañías es invertir recursos en la identificación y evaluación de los sistemas ERP (Planificación de Recursos Empresariales, por sus siglas en inglés), que soportan su información contable, y en aquellos sistemas auxiliares que alimenten la contabilidad de las compañías, con los que se pueden generar determinaciones tributarias, como los sistemas de payroll o activo fijo. Esto, en el sentido de verificar que sus sistemas les permitan generar perfiles de acceso a la información contable en las condiciones impuestas por el SII.

De no mediar esta evaluación, la norma incorpora la aplicación del discovery (vale decir, que la información no puede ser aportada posteriormente en un proceso jurisdiccional). Por lo dicho, es necesario tomar conocimiento si los sistemas tecnológicos de la compañía se encuentran preparados para responder a una fiscalización de este tipo.

El principal consejo que da Bustos Tax & Legal es, desde ya, evitar la posibilidad de ser notificados de una fiscalización remota y disponer de los medios que permitan cumplir satisfactoriamente con un eventual requerimiento del servicio. Además, advierten que la normativa contempla la aplicación de multas en caso de incumplimiento o cumplimiento parcial.

Por otra parte, Diego Messen, abogado de Moraga&Cía, recomienda que hay que anticiparse a la posibilidad de ser fiscalizado y hay que crear un sistema "amigable" y de fácil acceso para el SII, con el objetivo de que se pueda comprobar la veracidad e información de las declaraciones y otros antecedentes tributarios. Establecer sistemas complejos o entrabar la fiscalización genera "suspicacias" del ente fiscalizador, que todo contribuyente debe evitar.

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