La debatida ley que limitó las inversiones de los partidos

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Legisladores se opusieron en 2015 a indicación que flexibilizaba restricción. Una fuerte discusión se generó también por barreras al arriendo de propiedades.




Era fines de 2015 cuando en el Congreso se debatieron las indicaciones de la reforma a la ley de partidos, que junto con limitar el financiamiento externo de las colectividades, regulaba cómo estas podían rentabilizar sus propios activos.

Pese a que el ánimo del gobierno entonces era flexibilizar una propuesta original para que los partidos pudiesen invertir sus propios recursos en instrumentos de renta variable- como acciones bursátiles-, varios legisladores alertaron que esa opción podría generar nuevos escándalos.

El fantasma de los casos Penta-SQM estaba más presente que nunca, por lo que primó la tesis de parlamentarios que buscaban separar al máximo la relación entre política y empresa, versus la de quienes advertían los riesgos de amarrarles tanto las manos a los partidos para solventarse.

Según advirtió el entonces diputado DC René Saffirio, con la enmienda del gobierno los partidos pasarían de ser receptores de aportes de SQM a accionistas de la empresa, abriendo nuevos flancos de conflictos de interés.

"¿Qué hubiera pasado si un partido hubiera tenido acciones en SQM?", alertó durante la discusión un parlamentario de la UDI. "Habría recibido más recursos", contestó irónicamente el diputado PS Osvaldo Andrade, según consignó la revista Qué Pasa de diciembre de 2015.

Quienes se oponían a que los partidos pudiesen invertir en el mercado de valores también reclamaban que, al mismo tiempo, se les prohibiera a las colectividades rentabilizar aquellas propiedades adquiridas como inversión.

"No estoy de acuerdo. Porqué si un partido tiene bienes inmuebles no los puede arrendar, pero si es que tiene dinero lo puede invertir en el mercado de valores. Eso genera un estatuto jurídico diferenciado, que hay que corregir", reclamó en la discusión de ese año el diputado de la DC Fuad Chahín.

Esta restricción sobre los bienes raíces -que afectaba principalmente a la DC y al PC- quedó definida finalmente en que del total de bienes inmuebles a nombre del partido, al menos dos tercios deberán destinarse a las actividades propias de las colectividades.

Desde el PC, explican hoy, que ante la restricción optaron por liquidar algunas de las casi 30 propiedades que tenían en 2015.

Respecto de las inversiones financieras con recursos propios, finalmente la ley dispuso que los partidos solo podrían invertir en instrumentos de renta fija, salvo que su patrimonio financiero fuese superior a las 25 mil UF (unos $ 660 millones). En este último caso, sin embargo, a través de un mandato especial de administración de valores, donde para evitar conflictos de interés el mandante no pudiese instruir inversiones en rubros o empresas específicas.

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