Hilo curado: la ley que busca penas de cárcel para vendedores y fabricantes

Sólo falta la aprobación de la Cámara de Diputados para dar luz verde al proyecto que busca sancionar penalmente a quienes usen, vendan, o fabriquen hilo curado. El proyecto del Senado propone una excepción para federaciones de volantineros.




El accidente del que fue víctima la joven patinadora Amanda Farías, quien en septiembre del año pasado estuvo apunto de perder uno de sus pies por culpa de un hilo curado, alertó sobre la ausencia de una ley que sancione el uso de este peligroso elemento.

Entonces, tanto la Cámara de Diputados como el Senado presentaron un proyecto de ley en esta materia. La moción planteada por el Senado es la que podría ser promunlgada dentro de los próximos días, luego que el ejecutivo decretara suma urgencia.

El proyecto contempla como delito la fabricación, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización y uso del hilo curado. Moción que se pretende, sea promulgada antes del próximo 18 de septiembre.

Según el proyecto "el que use o facilite la utilización de hilo curado será sancionado con multa de dos a diez unidades tributarias mensuales. El que produzca, acopie o comercialice hilo curado será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo", esto es, una pena que va desde 61 días a 540 días de presidio, además de una multa de diez a cien unidades tributarias mensuales.

Para el senador de RN, Francisco Chahuán, "es muy importante legislar al respecto, pues por primera vez se establecen sanciones pecuniarias y penales para quienes confeccionan y usan hilo curado, poniendo en riesgo la integridad física de las personas por cortes y que también se exponen a riesgo de electrocutarse"

Sin embargo, de acuerdo a la propuesta del Senado, "no estarán afectas a las sanciones del artículo 1° la producción, acopio, comercialización, facilitación y uso de hilo de competencia por personas afiliadas a organizaciones o asociaciones deportivas de volantinismo reconocidas oficialmente, destinado a su empleo en competencias de dicha disciplina deportiva".

Excepción con la que el diputado DC, Juan Luis Castro, manifestó no estar de acuerdo, por lo que aseguró, introducirá indicaciones. "La ley debe ser pareja para todos, pues la excepción hace la regla. Vamos a estar engañando la ley, y hay que ser muy claro y decir definitivamente no al hilo curado en Chile, y quienes quieran hacer de elevar volantín un deporte se deben ceñir a esa regla", dijo Castro.

De acuerdo a la excepción del proyecto de ley, "la actividad de volantinismo con hilo de competencia sólo podrá ser desarrollada por mayores de edad con inscripción al día en los clubes y asociaciones constituidos conforme a la ley" , además, "dicha actividad se deberá ejercer en los lugares que determine la autoridad competente, los que deberán tener el equipamiento de primeros auxilios respectivo y estar, a lo menos, a quinientos metros de distancia de cualquier sitio en que la integridad física de las personas pueda resultar expuesta en cualquier forma".

Asimismo, "la elaboración del hilo de competencia deberá realizarse por fabricantes registrados, autorizados y sometidos a fiscalización por la autoridad competente".

De ser aprobado de forma íntegra en la sala de la Cámara de Diputados, el proyecto estaría listo para ser promulgado dentro de los próximos días y convertirse en ley.

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