Dictan primera condena en caso Sename contra funcionaria de Puerto Varas

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La educadora a cargo del lactante Christhofer Vilches, Virginia Ferreira Vilches, fue declarada culpable de cuasidelito de homicidio.




Este jueves se dictó el primer veredicto condenatorio en el marco de la investigación que lleva adelante el Ministerio Público por las muertes de menores y adolescentes que están bajo la tutela del Servicio Nacional de Menores.

La educadora que estuvo a cargo del lactante Christhofer Vilches, Virginia Carmen Ferreira Vilches, fue declarada culpable de cuasidelito de homicidio. "Ya tenemos la primera condena respecto de una negligencia clara y evidente", destacó el Fiscal Marcello Sambuceti.

La mujer se desempeñaba en el Hogar "San Arnoldo" de la comuna de Puerto Varas y ahí tenía a su cargo al lactante que en el momento de su muerte sólo tenía cinco meses. Como expuso el persecutor, Ferreira "no siguió las instrucciones por ella conocidas, relativas a la forma de dar la alimentación a los lactantes".

Pese a la normativa, alimentó al niño cuando este estaba acostado en su cuna y luego se retiró, regresando luego de más de una hora y encontrándolo sin signos vitales.  La causa de muerte fue determinada como asfixia por bronco aspiración de contenido lácteo.

Dichos antecedentes fueron considerados por la jueza Ximena Bertín a la hora de dictar veredicto condenatorio, determinando que la acusada tuvo participación culpable en un cuasidelito de homicidio. Así, fijó como pena 300 días, con el beneficio de remisión condicional.

"Esta es la primera condena de esperamos varias dentro del contexto de la investigación, de modo tal que vamos avanzando", afirmó Sambuceti al término de la audiencia, añadiendo que "ayer (miércoles) ya formalizamos la investigación respecto de otros hechos ocurridos en Los Vilos, estamos avanzando con diligencias en Santiago, hoy día tenemos esta primera condena acá en Puerto Varas y esperamos que en los próximos días también nuevas formalizaciones, eso nos lleva a seguir adelante".

En relación a la pena dictada, el persecutor explicó que "tratándose de un cuasidelito de homicidio, es decir, de que no hay un dolo de dar muerte a una persona, sino que es por su culpa, por su negligencia, es que ha fallecido, la ley impone penas que van desde los dos meses hasta el año y medio de privación de libertad. En este caso el tribunal ha impuesto una pena de 300 días de reclusión, que se ajusta a la ley, que es lo que nosotros hemos solicitado al tribunal, y el tribunal ha acogido en todas sus partes".

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