Corte de Apelaciones ratifica sobreseimiento de investigación contra Joannon

Mario Carroza determinó que los delitos denunciados, adopciones ilegales en los alos 70 y 80, se encuentran prescritos.




La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del ministro en visita Mario Carroza, quien dictó sobreseimiento parcial y definitivo de la causa por considerar que los hechos denunciados  contra el sacerdote Gerardo Joannon -adopciones ilegales en los años 70 y 80- se encuentran prescritos.

En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada ratificó el dictamen del ministro Carroza, del 18 de febrero pasado, por encontrarse extinguida la responsabilidad penal de Joannon, en los delitos de falsificación de instrumento público y privado, suposición de parto y usurpación de estado civil.

"Si los hechos acreditados fueron ejecutados en los años 1975 y 1983, y los delitos que ellos configuran se encuentran sancionados con penas de simples delitos, ha de concluirse que la acción penal en ambos casos se encuentra prescrita, conforme a lo que disponen los artículos 94 y 95 del Código Penal, y por ende, también la responsabilidad penal que pudiere corresponderle a Gerardo Joannon Rivera, se extinguiría de acuerdo a lo que establece el artículo 93 del mismo cuerpo legal (…) Que el plazo legal para perfeccionar el término de la responsabilidad penal del imputado se encuentra en exceso cumplido, por lo que se tienen por suficientes los antecedentes para el cumplimiento de lo previsto en el artículo 100 del Código Penal", sostiene el fallo ratificado.

Durante el mes pasado, la congregación de los Sagrados Corazones informó que el sacerdote deberá trasladarse a una casa de la congregación a 38 kilómetros de Buenos Aires a modo de sanción por su participación en adopciones irregulares.

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