Alberto Espina: "Es un grave obstáculo que no se consideren pruebas que tengan vicios formales al ser tomadas"

El senador celebra las detenciones por caso Subcentro y espera que las policías logren acreditar las pruebas.




En medio del proceso de detención de los imputados por el caso Subcentro, el senador Alberto Espina -integrante de la Comisión de Seguridad de la Cámara Alta- centra la mirada en el marco legal en torno a las pruebas obtenidas por las policías.

¿Cuál es su diagnóstico sobre el proceso de detención de los imputados por el caso Subcentro?

Creo que las lecciones  del pasado deben estar aprendidas y, por lo tanto, tengo confianza en que la fiscalía y las policías han tomado todas las medidas para que las pruebas que los inculpan permitan posteriormente condenarlos. Estos son delitos extremadamente graves y nosotros tenemos jueces, por regla general, muy garantistas, mucho más que el promedio de países que tienen el sistema procesal nuestro, y por tanto, los estándares probatorios que se están estableciendo son muy superiores a los que debieran ser.

¿Lo central está en cambiar la legislación actual o en el proceso probatorio?  

Veo que todos critican la Ley Antiterrorista,  la falta de medios de inteligencia. Pero con la actual ley, y con los actuales servicios de inteligencia, en menos de dos semanas hubo capacidad para encontrar a los responsables de un brutal atentado terrorista. Esto demuestra que lo que en este país se necesita es voluntad política y decisión de hacer las cosas.

¿Antes no existía esa voluntad? 

El atentado fue tan brutal, que exigió involucrarse a la fiscalía, a las policías y al Ministerio del Interior, de tal manera que si así lo hicieran para la mayoría de los delitos graves, tendríamos menos delincuencia y actos de esta naturaleza en nuestro país. Quiero recordar que cuando esto ocurrió en el gobierno de Sebastián Piñera, un sector de la izquierda al día siguiente salió a decir que esto era un montaje y prácticamente a tratar de víctimas a quienes ponían las bombas. Aquí la posición nuestra fue 180 grados al revés. La legislación actual es suficiente para poder tener buenos resultados, aun cuando se puede mejorar. No es aceptable que se use eso como pretexto para el fracaso en los casos de investigaciones de delitos graves, como más de 200 bombas puestas.

¿Fue un error del gobierno anterior haber manifestado triunfalismo inicial en el caso bombas?

No me atrevería a decir que fue un error, pero sí hay que sacar lecciones. Y en materia de investigaciones de esta gravedad hay que actuar con mucha cautela. Una cosa es la verdad policial y otra la judicial.

Sobre las pruebas, ¿qué habría que modificar, a su juicio? 

Una de las cosas que en Chile hay que modificar es que sólo es válida la prueba legalmente tomada. Es un grave obstáculo que no se consideren pruebas que tengan  vicios formales al ser tomadas.  En muchos países del mundo la prueba que es inicialmente tomada en forma probablemente con falta a la formalidad, tiene valor igual. Por ejemplo, si se intercepta un teléfono que no tenía la autorización adecuada, y deja  en evidencia que hay un delito, en la legislación chilena -aun cuando en esa conversación telefónica consta que la persona participó del delito-, la prueba no pueda usarse, lo que a mí me parece aberrante.  Una cosa es que se sancione a quien no tomó correctamente la prueba, pero una vez que la prueba  acredita un delito, debe poder utilizarse.

Legislativamente, ¿propone modificaciones? 

Espero que cuando tramitemos en el Senado la Ley Antiterrorista estén el presidente de la Corte Suprema, el fiscal nacional, los jefes de las policías, para hablar cosas como de qué manera podemos lograr que muchas pruebas que obtiene el servicio de inteligencia, podamos utilizarlas adecuadamente. Ahí, efectivamente, hay que modificar el actual sistema de prueba procesal penal. Ahí requiere dos introducciones rápidas a la Ley Antiterrorista: el agente encubierto y  la entrega vigilada. Y, además, insistir en un punto político: de jueces que eran extremadamente duros en la aplicación de la doctrina, pasamos a jueces que son de un grado de garantismo que hace muy difícil probar los delitos. Mire lo que  pasa con uno de los sujetos que está detenido y que estaba en libertad vigilada. La pregunta es: a ese juez, que decide dejar a un condenado por intimidación en libertad vigilada, ¿quién  lo hace responsable? Producto de su negligencia inexcusable hay un sujeto que pone una bomba y que pudo haber matado a personas. Ese juez no asume ninguna responsabilidad política, ni judicial, ni funcionaria.

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