10 años de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente

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La ley que hizo imputable a un menor a partir de los 14 años cumplió una década. Desde su aplicación, los adolescentes aprehendidos han disminuido, ecuación que se opaca ante críticas por falta de reinserción, gestión e infraestructura.




Hace 10 años, si un menor robaba sólo era responsable penalmente después de evaluarse su discernimiento. La norma regía sólo para los menores entre 16 y 18 años. Bajo esa edad, operaba un sistema de protección.

Pero si el juez determinaba que el adolescente tenía discernimiento, era tratado penalmente igual que un adulto. Eran los tiempos de la Ley de Menores (N° 16.618), cuando se declaraba con discernimiento al 67,4% de los menores, según un estudio de 2005 de la Fundación Paz Ciudadana.

Que no se respetaba el debido proceso, que se usaba en exceso la privación de libertad en contra de niños y que no se lograba la persecución de los delitos juveniles eran críticas frecuentes al sistema penal vigente.

El escenario cambió en junio de 2007, cuando la justicia penal adolescente puso en marcha una reforma con la Ley N° 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley RPA). La nueva ley hizo penalmente responsables de delitos a todos los menores entre 14 y 18 años -ya no operaría determinar su discernimiento-, pero que proponía otras sanciones distintas sólo a la privación de libertad. Los menores serían considerados personas en desarrollo.

Se juzgaría a los adolescentes como lo que son y separados de la población penal adulta. Se reconocerían y respetarían sus derechos. Jueces, fiscales, defensores y policías se capacitarían en el trato a adolescentes y en la nueva ley. La reinserción social de imputados o condenados estaría en manos del Servicio Nacional de Menores (Sename).

¿Cómo ha impactado la Ley RPA? Pablo Aranda, jefe de la Unidad de Defensa Especializada de la Defensoría Penal Pública (DPP), dice que el efecto es positivo. "El sistema anterior era arcaico y privaba a los adolescentes del debido proceso. Al compararlo con eso, es positivo. Pero si miramos la reinserción y rehabilitación, quedamos cortos desde el punto de vista estructural".

En el Ministerio de Justicia son menos optimistas a la hora de evaluar. Hay numerosos avances, como disminución de casos, mayores garantías y mayor control, destacan, pero aseguran que no se cuenta con la infraestructura adecuada, ni procesos de gestión idóneos, ni con el estándar de especialización en la ejecución de sanciones ni en los actores procesales (jueces, fiscales y defensores).

"El diseño que propone la ley es bastante ambicioso y demanda una reformulación completa de la institucionalidad vigente, una tarea estructural y en la que nuestra sociedad está al debe", dicen desde el Ministerio de Justicia. Por eso, las ventajas de la ley no se han podido aprovechar en su integralidad, "existiendo sanciones que se ejecutan en condiciones inadecuadas, con baja y deficiente intervención, generando un escenario lejos del óptimo para la prevención y el respeto de los derechos de las personas", agregan.

Menos aprehendidos

Desde la implementación de la Ley RPA los adolescentes aprehendidos por delitos han descendido.

Según cifras de la Fiscalía Nacional, en el año 2008, 70.761 menores de 18 años fueron ingresados al sistema judicial (no incluye sentencias ni reincidencias), cifra que para el año 2016 cayó a 40.761, un descenso de 42,3%.

Al mirar las tendencias por edad, en el mismo período se aprecia que el grupo de 14 a 15 años vinculado a un delito, disminuyó en 43,7%. (22.665 a 12.747), caída que en el grupo de 16 a 17 años fue de 41,7% (48.096 a 28.014).

El descenso también se observa en la totalidad de causas-imputado ingresadas, según datos de la Defensoría Penal Pública. En 2012, el 9,2% de ellas fueron de adolescentes y en 2016 esa cifra bajó al 8,1%.

La disminución, indica Decio Mettifogo, psicólogo jurídico y académico de Psicología de la U. de Chile, "va en contrasentido con la idea de que los adolescentes son sujetos peligrosos". La realidad nacional, aclara, es congruente con datos internacionales en que la proporción de delitos cometidos por adolescentes no supera el 10%.

La ley sigue recomendaciones de la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas y evita el contacto de los adolescentes con el sistema penal. "El sistema penal está lleno de delitos pequeños de jóvenes de 14 o 15 años. Lo que se busca es sacarlos y que no reciban condenas, porque ello incide en sus posibilidades de reinserción", dice Aranda. Se prefieren salidas alternativas, como instancias de mediación, en especial en causas que no requieren una gran pena, como delitos menores o hurto simple, que son la gran mayoría.

Desde el Ministerio de Justicia señalan que esa disminución puede explicarse por una menor confianza de las víctimas en el sistema, pero también por una menor ocurrencia real de delitos: "Nosotros pensamos que esto último ha sido lo más determinante. La rigidez del sistema penal formal constituye una respuesta mucho más enérgica en relación a la que existía con anterioridad", explican desde esta cartera.

Otros hitos importantes de la ley, dice Aranda, fue hacer responsables penalmente a jóvenes de 14 y 15 años (antes era desde los 16) e introducir la figura del defensor que acompaña en todo el proceso al menor.

Antes de su promulgación era distinto. "El escenario antes era bien terrible", describe Pamela Soto, secretaria académica de Psicología de la U. Andrés Bello, experta en infancia y adolescencia.

Eran tiempos en que la institución era el discernimiento y los adolescentes eran evaluados para determinar su capacidad de elegir entre lo bueno y lo malo. "Según eso, eran castigados en la justicia adulta. En ese proceso iban a módulos de menores que estaban dentro de las mismas cárceles de adultos, vivían historias muy violentas. Eran castigados en un sistema en que no tenían derecho a defensa".

Era un sistema tutelar en que se juzgaba a los adolescentes sin resguardo a sus derechos. "Ahora se pone un límite claro a la acción punitiva del Estado, que se establece solo en aquellos que hayan cometido delitos, antes se intervenía en base a un criterio ambiguo que mezclaba a los adolescente y adultos", agrega Mettifogo.

Evaluaciones y mejoras

Los adolescentes juzgados con ese criterio, en 2007, saldrán este año de la cárcel. "Recién estamos en condiciones de saber si es un fracaso o éxito", explica Aranda.

Para Alejandra Mera González-Ballesteros, criminóloga y académica de Derecho de la U. Diego Portales, una de las principales falencias es el vacío en los menores de 14 años. "Ellos entran en el sistema de protección, pero no tienen tratamiento especifico por eso", aclara.

En el rango de 14 a 18 años el propósito era un sistema distinto al adulto, pero en la práctica no lo es, sostiene Mera: "No tiene una organización orgánica, no existen cortes juveniles y tienen un procedimiento similar".

El problema es cómo concebimos a los niños, establece Mera. "Es inaceptable que hayan pasado 27 años desde la ratificación de los Derechos del Niño y que no haya avance. Todo el entorno y el contexto de protección de los niños están olvidados. Avanzar en esta ley era necesario, pero no se hizo cargo de la protección. Si no se aborda desde una perspectiva global, con mejores leyes no se solucionará la criminalidad adolescente".

Falta un estudio sobre lo que proponía la ley y cómo se implementó, indica Mettifogo. "No hay evaluaciones de los procesos de reinserción social de los adolescentes que pasan por el sistema, el acompañamiento post sanción penal no existe en Chile. Hemos visto cómo el tema de infancia está presente mediáticamente, pero en políticas públicas no es prioritario".

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