TC extingue la última esperanza del general Yáñez: rechaza, nuevamente, suspender formalización por responsabilidad de mando en el estallido

General director de carabineros se reune con el director de la unidad especializada anticorrupción

El Tribunal Constitucional, al igual que con el exgeneral Mario Rozas, desestimó paralizar la audiencia en que la Fiscalía les imputará cargos por delitos omisivos el próximo 7 de mayo.


La tarde de este martes, el Tribunal Constitucional (TC) revisó una segunda petición del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, quien recurrió a dicha instancia solicitando que se suspenda la causa que el Ministerio Público sigue en su contra por su presunta responsabilidad de mando durante el estallido social. Esto en espera que se revise la admisibilidad del requerimiento y si se revisará o no el fondo.

Por tres votos contra dos, la segunda sala del TC no accedió a una nueva petición de Yáñez, quien será formalizado el próximo 7 de mayo en el Séptimo Juzgado de Garantía por la causa que investiga la Fiscalía Metropolitana Centro Norte. Indagatoria a cargo de la fiscal Ximena Chong, a quien, anteriormente, Yáñez intentó remover de la indagatoria acusando un sesgo de la persecutora.

Pese a que el TC aún no decide si va a revisar o no el fondo del requerimiento, donde el general alega que la actuación de la Fiscalía ha provocado una serie de vicios que vulneran sus garantías constitucionales, el tribunal ya determinó que no paralizará la tramitación del caso. Esto implica que la causa sigue adelante y que el Ministerio Público le imputará cargos el próximo 7 de mayo.

Uno de los alegatos de inconstitucionalidad del escrito que ingresó el general al TC sostiene que aún le es imposible conocer cómo la Fiscalía Regional Centro Norte pretende encausarlo por 952 delitos omisivos ocurridos después del 18-O.

De todos los integrantes de la segunda sala, las ministras Catalina Lagos, María Pía Silva y el ministro Raúl Mera votaron en contra de suspender la causa. Mientras que a favor de aquello votaron el ministro José Ignacio Vásquez y la ministra Marcela Peredo.

La decisión del tribunal deja en jaque la posición de Yáñez, ya que, ante su inminente formalización, y bajo el parámetro del “criterio Tohá”, el general director de Carabineros debería dejar su cargo antes de cumplir todo su mandato, el cual concluía en octubre. Es decir, renunciar antes del 7 de mayo.

Mismo escenario para Rozas

Esta jornada el Tribunal Constitucional también comunicó la misma decisión para el exgeneral director de Carabineros, Mario Rozas. Según un comunicado del organismo, por unanimidad, los integrantes de la segunda sala acogieron a trámite el requerimiento.

General-Mario-Rozas

Sin embargo, y pese a esa decisión, “se resolvió además rechazar por mayoría de votos la solicitud de suspensión de la gestión procesal pendiente, con el voto en contra de los ministros señor José Ignacio Vásquez Márquez y señora Marcela Peredo Rojas, y se confirió traslado a las demás partes de la gestión pendiente para que, con posterioridad, la misma Sala se pronuncie sobre la admisibilidad del requerimiento”.

Al igual que el actual general de Carabineros, Rozas buscaba que se suspendiera la causa en su contra y consigo evitar la inminente formalización por parte de la Fiscalía, todo bajo presuntos delitos de responsabilidad de mando mientras dirigía la policía uniformada durante el estallido social de 2019.

El requerimiento de Yáñez

A comienzos de mes, y a través de un escrito de 24 páginas, el general Yáñez ingresó el requerimiento de inconstitucionalidad en el cual alega que la actuación del Ministerio Público ha vulnerado sus garantías.

En ese sentido, sostiene que la investigación llevada en su contra “se funda en una elaboración de un tipo penal artificioso, alambicado que contiene una pretendida responsabilidad de mando (o del superior) que no es un elemento objetivo del tipo penal del delito de apremios ilegítimos. En efecto, esta figura de participación no constituye un crimen en sí mismo, sino una especial participación de los jefes militares y civiles en los tipos penales de derecho penal internacional”.

Aquello, como indica, es totalmente “inaplicable” a la figura de un delito común de apremios ilegítimos simples.

Javier Salvo/Aton Chile

En esa línea, sostiene que la solicitud de formalización contiene vicios que permitían anularla, esto basado en que “al no haberse declarado así por el juez de primer grado, vulneró garantías constitucionales como el debido proceso, en su vertiente al derecho a defensa y derecho al recurso, y principios constitucionales como la supremacía constitucional y de juridicidad”.

Junto con eso el director general de Carabineros sostiene en el escrito que este martes el TC declaró admisible, que se le está sometiendo a un “procedimiento irracional e injusto”, ya que nunca se le han dado a conocer los cargos, “lo que es un requisito esencial del debido proceso, y se me impide de esta manera ejercer una defesa material y técnica”.

Además de eso, apunta que “el 7° Juzgado de Garantía, haciendo un uso abusivo del Derecho y a través de un procedimiento irracional e injusto está afectando mi dignidad y honra, y amenazando mi libertad personal, además de buscar dañar, a través mío, de forma irremediable a la institución de Carabineros de Chile”.

“Durante estos tres años hemos logrado levantar nuevamente -con enorme dedicación personal- a nuestra querida institución para situarla en el lugar que hoy ocupa en la República, recuperando el aprecio y cariño de la sociedad civil, porque sin duda Carabineros forma parte de la nación toda y es una institución de todos los chilenos”, concluye el requerimiento.

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