Superintendencia de Salud instruye “medidas excepcionales” a Isapres por el Coronavirus

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El organismo hizo llegar este jueves a las aseguradoras una circular con una serie de instrucciones, entre ellas, generar "una estrecha relación y coordinación con las farmacias en convenio para la dispensación de medicamentos GES de manera que las Garantías de Acceso y de Oportunidad no se vean vulneradas”.


Una circular hizo llegar este jueves la Superintendencia de Salud a las Isapres. En el texto, el organismo instruye a las aseguradoras ejecutar “medidas excepcionales” en el marco de la llegada del coronavirus, también llamado Covid-19, al país.

Luego de que el Presidente Sebastián Piñera decretara el miércoles estado de catástrofe (uno de los estados de excepción constitucional), la entidad fiscalizadora pidió a las aseguradoras “medidas concretas en cuanto a información hacia los afiliados, y en especial al cuidado y protección de las personas que reciben beneficios –recetas y remedios- por patologías GES”.

En esa línea, se instruyó a las isapres para que mantengan “una estrecha relación y coordinación con las farmacias en convenio para la dispensación de medicamentos GES de manera que las Garantías de Acceso y de Oportunidad no se vean vulneradas”.

Así, se indica que "deben flexibilizar la dispensación de los medicamentos, accediendo a su entrega en forma anticipada, en especial en los problemas relacionados con enfermedades crónicas como diabetes, VIH, enfermedad pulmonar obstructiva, entre otras”.

También se establece que si la farmacia en convenio no puede entregar una solución inmediata a problemas relacionados con enfermedades como las antes mencionadas, “las Isapres deberán coordinar con las farmacias su envío inmediato al domicilio del beneficiario”.

De acuerdo a la circular, las farmacias en convenio deben entregar los remedios correspondientes a una patología GES, “aun cuando haya expirado el plazo de vigencia de la receta médica, o bien cuando ésta haya sido extendida por un médico o prestador de salud que no forma parte de la red GES de la respectiva institución de salud”.

Sobre el retiro de medicamentos, ahora podrá realizarlo una tercera persona a nombre del paciente que sufre una de las 85 patologías GES, “presentando un poder simple y la copia de la Cédula de Identidad del beneficiario”.

La Superintendencia de Salud pidió también a las Isapres que mantengan “operativos y actualizados” todos los mecanismos de contacto entre los afiliados y la aseguradora -a través de un teléfono de atención o bien de la página web de la institución privada de salud-, incluso para realizar trámites en línea. El objetivo es que los “beneficiarios puedan activar y tramitar las solicitudes de acceso a GES y CAEC y derivación al prestador de la red”, entre otros.

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