Los escenarios judiciales de Jaime Orpis: pena con beneficios o primer político en cárcel por corrupción

Jaime Orpis

Todos los ojos del mundo político y judicial están puestos en la jornada de este viernes 16 de abril, cuando al mediodía el Tercer Tribunal Oral de Santiago dé a conocer la pena que deberá cumplir el exsenador UDI, quien el 2 de diciembre fue condenado por una serie de delitos reiterados de fraude al Fisco y cohecho. La relevancia de esta sentencia marcará el inicio del fin de los casos de financiamiento ilegal de la política que estallaron hace seis años. Una pena con beneficio o presidio efectivo, eso se juega mañana.


“Yo no soy, después de este proceso, un hombre digno de confianza”. La frase caló hondo entre los presentes en el Tercer Tribunal Oral de Santiago, luego de que tras varios meses de juicio oral, el exsenador de la UDI Jaime Orpis dijera sus últimas palabras antes de que las juezas se retiraran a deliberar y así definir su futuro judicial ese 1 de diciembre de 2020. Veinticuatro horas después, su condena ya era un hecho. En el veredicto se lo halló culpable de los delitos de cohecho y fraude al Fisco reiterado, y aunque zafó de las acusaciones por delitos tributarios, fue sentenciado por actos de corrupción.

A cuatro meses de esa histórica jornada llegó el momento en que la justicia dará a conocer la pena que el exparlamentario deberá cumplir. La fiscal jefa de Alta Complejidad, Ximena Chong, quien lideró el denominado caso Corpesca -por financiamiento ilegal de campañas políticas y sobornos- pidió al tribunal que Orpis sea condenado a siete años de cárcel por los dineros defraudados al Fisco y otros cuatro años por sus actos de cohecho. Es decir, en total, el Ministerio Público apostó por una condena de 11 años tras las rejas. La contracara de la defensa, que encabezan Carlos Cortés y Sergio Rodríguez, entonces, fue calificar las atenuantes y así buscar el mejor escenario de condena, que es cumplimiento en libertad, es decir, con beneficios, teniendo en cuenta -entre otros factores- que estuvo 40 días en prisión preventiva y el resto de su proceso penal, que ha durado cinco años, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario.

Este es el caso más importante de financiamiento irregular de la política que estalló poco después del caso Penta y en que se investigaron triangulaciones de dineros entre las asignaciones parlamentarias de Jaime Orpis y aportes de la empresa Corpesca a su campaña, y luego las consideraciones que él expuso, sin inhabilitarse, en la Ley de Pesca que se tramitó en el Congreso. Por eso, todos los ojos del mundo político y judicial se volcarán mañana a esta audiencia considerada histórica en la escena judicial.

El factor Ocampo

La pregunta que ronda entonces es ¿qué pena impondrá el tribunal? Un factor clave, dicen en el mundo judicial, es la magistrada Doris Ocampo. Ella presidió el juicio oral y estuvo por absolver a Orpis en la mayoría de los delitos imputados.

Ocampo, junto a las juezas Claudia Bugueño y María Inés González durante estos meses han estudiado los rangos de penas asignadas y los “juegos” entre atenuantes, agravantes y reiteraciones de delitos que darán el saldo final.

¿Por qué Ocampo aparece entonces como una mujer clave en esto? Porque a pesar de no haber encontrado al exsenador culpable de los delitos que la fiscalía llevó a juicio oral, puede opinar y debe ser considerada por sus pares en la sentencia, y porque es una magistrada que viene de los juzgados del crimen, con ascendencia en el Tercer Tribunal Oral.

Las magistradas tienen dos caminos. Por un lado, considerar todos los hechos como un solo delito -los cohechos y fraudes- y aumentar en uno o dos grados la pena desde el delito más grave. Si esta fuera la opción del tribunal, el ilícito de mayor penalidad en Chile es el fraude, que tiene una pena que va de cinco años y un día a 10 años. Si sube en un grado el castigo, el rango queda entre 10 años y un día y 15 años de cárcel, pero si considera dos atenuantes -su irreprochable conducta anterior y reparación celosa del mal causado (ha devuelto dinero de lo defraudado)- podría llegar a rebajar la pena hasta en dos grados y ahí la justicia podría imponer entre tres años y un día a cinco años con libertad vigilada.

El segundo escenario, y el menos favorable para las aspiraciones del exsenador, es considerar el fraude y el cohecho como delitos separados, y ambos ilícitos reiterados. Ahí el cohecho subiría en un grado la pena y de 541 días a tres años, quedaría en el rango de tres años y un día a cinco años de presidio. Como en este tipo de delitos no cabe la reparación, el tribunal no podría considerar esa atenuante. Junto con esto, como Orpis no reconoció los sobornos de Corpesca en sus declaraciones ni en el juicio, tampoco cabría la posibilidad de que las magistradas aplicaran una atenuante de colaboración eficaz. Y con sólo su irreprochable conducta anterior, la pena del cohecho no bajaría de los cuatro años de cárcel. Así, los fraudes al Fisco elevarían el castigo y en este caso el exsenador se convertiría en el primer político que cumpliría cárcel efectiva tras una condena por corrupción en Chile.

Con todo, las nuevas reglas de las penas sustitutivas juegan a favor del excongresista. Porque aún en el peor escenario podrían sentenciarlo a cumplir dos penas: cuatro años por cohecho y cinco años por los fraudes reiterados y a cada una de ellas aplicar, por separado, el beneficio de la libertad vigilada, algo que no rompe el espíritu de estas prerrogativas y que se hace todos los días en tribunales, según comentan cuatro jueces orales consultados.

En la misma audiencia se dará a conocer también el destino judicial de la exdiputada UDI y quien dio inicio al caso Corpesca, Marta Isasi. El Ministerio Público pidió 818 días de presidio, 10 años de inhabilitación para cargos u oficios públicos y multa del duplo del beneficio solicitado. También se definirá el futuro de la pesquera del Grupo Angelini, condenada por soborno, para quien la fiscalía pidió una multa de 20.000 UTM (más de mil millones de pesos), cuatro años y un día de prohibición de celebrar contratos con el Estado y la publicación en un diario de circulación nacional del fallo que la condenó bajo la ley que sanciona la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Como todo en el mundo judicial, la sentencia de Ocampo, Bugueño y González puede ser recurrida ante la Corte de Santiago o la Corte Suprema, para anular y volver a realizar un juicio que se extendió por la pandemia y que es uno de los más extensos de la Reforma Procesal Penal.

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