Las declaraciones de los ex fiscales Gajardo y Norambuena en el caso Penta

gajardoynorambuena

Ambos dieron su testimonio luego de que un juez acogiera la petición del abogado de Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, quien sostuvo que sus clientes había declarado bajo "engaño".


El 29 de marzo, en su último día como jefe de la Fiscalía de Alta Complejidad Oriente, Carlos Gajardo declaró como testigo en el marco del caso Penta, la causa en la que investigó por más de dos años delitos tributarios y cohecho vinculados al financiamiento ilegal de campañas políticas.

Un día antes, el 28 de marzo, lo hizo su par, el fiscal Pablo Norambuena. Ambos prestaron su testimonio ante el fiscal regional Manuel Guerra, el mismo a quien renunciaron en enero de este año por no estar de acuerdo con la suspensión condicional que Guerra dio al senador UDI Iván Moreira en el caso Penta, por delitos tributarios para financiar su campaña política.

Los ex fiscales declararon luego de que en abril del año pasado el juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Juan Manuel Escobar, decretara que debían ser interrogados como testigos del caso. Esto luego de que el magistrado acogiera la petición de la defensa de los controladores de Penta, Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano, quienes fueron formalizados por los fiscales por delitos tributarios y cohecho en marzo de 2015, tras declarar en enero de ese año ante Gajardo y Normabuena.

Según el abogado de Lavín y Délano, Julián López, tales testimonios debían ser excluidos como prueba en un eventual juicio oral, debido a que se habrían tomado bajo "engaño" por parte de los fiscales. Agregó esa vez que "la razón por la cual mis representados prestaron una declaración autoincriminatoria se funda en que cuando los fiscales (los) citaron les informaron que habían llegado a un acuerdo con su defensa en el 100% de los puntos de un procedimiento abreviado. Posteriormente, la Fiscalía incumplió este compromiso".

En este contexto, este 29 de marzo, casi un año después de que el magistrado decretara que debía declarar, Gajardo entregó su testimonio a Guerra, el que consiste en 6 carillas.

La primera instrucción de Guerra a Gajardo, de acuerdo a la declaración a la que accedió La Tercera PM, fue que "señale todo lo que dijo y explicó el 5 de enero de 2015 a don Carlos Alberto Délano Abbott y su defensa antes, durante y después de tomarle declaración en esta investigación, en lo que se refiere al sentido y contexto de esa declaración y los acuerdos a los que había llegado con su defensa".

Gajardo le respondió que "efectivamente el 5 de enero se citó a prestar declaración al imputado Carlos Délano. Dicha diligencia comenzó alrededor de las 11 de la mañana en las oficinas de la fiscalía de Ñuñoa estando presente durante toda la diligencia el imputado, su defensor Julián López, el policía de la Bridec Raúl Rojas y el fiscal Norambuena y el suscrito. De esa diligencia se levantó, como lo exige la ley, un acta que dio cabal cuenta de lo que sucedió en la diligencia. Esta acta fue digitada por el suscrito en la diligencia y al momento de terminar la diligencia aproximadamente a las 16 horas fue revisada por el abogado Julián López y por el imputado por espacio de dos horas, para lo cual se le facilitó una sala especial en la que estuvieron solos, tras lo cual nos indicaron las correcciones que debían hacerse. Efectuadas dichas correcciones, el acta fue suscrita por todos los partícipes de la diligencia".

Gajardo detalló luego que "la diligencia consistió en darle lectura del derecho del imputado (...), de explicarle los cargos que se estaban investigando, que correspondían a delitos tributarios reiterados de declaración maliciosamente falsa de impuestos de diversas empresas del grupo Penta, en las que el imputado Délano era controlador durante 2008 a 2014, y delitos reiterados de soborno al subsecretario de Minería, Pablo Wagner, a quien se le había descubierto se le depositaban en su cuenta corriente $ 3 millones de manera bimensual, mientras simultáneamente existían una serie de actos que Wagner realizaba en favor de los señores Délano y Lavín".

El fiscal explicó que luego de eso "comenzó el interrogatorio propiamente tal en el que el Ministerio Público indistintamente realizó preguntas a través del fiscal Norambuena y del suscrito". Señaló Gajardo que "no hubo por parte de la defensa del señor Julián López ningún indicación de que se agregara en el acta algo distinto a lo que finalmente quedó consignado".

Luego, Guerra le pidió a Gajardo que explicara lo mismo pero en relación a la declaración de Carlos Eugenio Lavín, el otro controlador de Penta.

Al respecto, el ex fiscal dijo que "en el caso de Lavín, la diligencia se llevó a cabo de manera semejante. Se realizó esa vez en las oficinas de la Fiscalía de Alta Complejidad en Las Condes el 6 de enero, comenzó a partir de las 10 de la mañana y participaron además el imputado y su defensor Julián López, el policía Raúl Rojas, el fiscal Norambuena y el suscrito, extendiéndose hasta las 15 horas aproximadamente (...) fue a partir de eso revisada por el imputado y su defensor hasta las 17.45 horas aproximadamente, es decir, por espacio de casi tres horas, efectuándose en el acta todas las correcciones e indicaciones que señalaron el imputado y su defensor, tras lo cual fue suscrita por todos los partícipes de la diligencia. No hubo por parte de Julián López ninguna indicación de que se agregara en el acta algo distinto a lo que finalmente quedó consignado".

Gajardo detalló que a Lavín se le realizó el mismo proceso que a Délano, en cuanto darle lectura a sus derechos como imputado y comunicarles los hechos por los que estaba siendo investigado. Después, dijo, entre él y el fiscal Norambuena comenzaron a hacerle las preguntas a Lavín.

La última pregunta del interrogatorio que Guerra le hizo a Gajardo fue: "Todo lo que escuchó decir y explicar de parte del fiscal Norambuena a los imputados Délano y Lavín y su defensa, antes durante y después de tomarles declaración, en lo que se refiere al sentido y contexto de las declaraciones de estos últimos y a los acuerdos a los que había llegado su defensa en esa fecha".

Gajardo respondió: "En este punto me remito a lo ya indicado en cuanto a que las preguntas fueron efectuadas indistintamente por el fiscal Norambuena y por el suscrito, todo lo cual quedó consignado en el acta como es nuestra obligación legal y como supongo fue revisado acuciosamente por el abogado defensor".

Por último, el ex fiscal del caso Penta señaló que "dejo constancia que me encuentro disponible para prestar declaración en un juicio oral si es que este llegase a realizarse".

La declaración de Norambuena

Un día antes de que declarara Gajardo, lo hizo su par, el fiscal Norambuena, a quien le hizo las mismas tres preguntas. Su declaración está contenida en un documento de cuatro carillas.

Respecto a todo lo que dijo y explicó en él interrogatorio que hizo el 5 de enero de 2015 a Délano, dijo que "el Ministerio Público a través de los fiscales Gajardo y el suscrito, llevan a cabo la diligencia de toma de declaración de Délano en presencia de su abogado defensor Julián López y del funcionario policial Raúl Rojas".

Indicó que se le leyeron sus derechos, "en especial el derecho a guardar silencio y, en el caso de ejercer ese derecho, no tendría ninguna consecuencia legal adversa para él, y que si declaraba todo lo que manifestare podía ser usado en su contra".

Tras ello, dijo Norambuena, le informaron a Délano los hechos por los que estaba siendo investigado y se formularon preguntas. "De todo lo anterior existe un registro fiel e íntegro que da cuenta de la diligencia, en un acta que fue firmada, entre otros, por el imputado y su abogado luego de haber sido revisada por casi dos horas" por ambos.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.