Fue condenado a perpetua en Argentina y una jueza lo liberó por error en pandemia: la historia del chileno que mató a un policía trasandino

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Fachada del edificio de tribunales.

El 2021 por un "error administrativo" la justicia argentina decretó la expulsión de un chileno condenado el 2014 por asesinar a un policía de ese país. Sin embargo, más de un año después el tribunal trasandino descubrió que había liberado por una equivocación a Héctor Herrera y solicitó a la justicia chilena la extradición del hombre de 39 años, quien debería pasar toda su vida en una cárcel trasandina. Solicitud que un ministro instructor de la Corte Suprema rechazó por considerar el tiempo que había transcurrido y porque fue la misma justicia de ese país la que dejó sin efecto su prisión.


“¡Alto ahí, policía!”, gritó la mañana del 5 de octubre del 2014, un oficial de la policía de Neuquén en Argentina al chileno Héctor Ruiz Herrera (39). Pese a la advertencia del funcionario policial, el sujeto continuó disparando y más de un proyectil balístico dio en el cuerpo de Víctor Garro. El policía de 42 años murió inmediatamente en el lugar. Por este hecho, Ruiz fue condenado a cadena perpetua, sin embargo, siete años después fue expulsado a Chile por un “error administrativo”. Al detectar la falla, un año después, la justicia trasandina solicitó a su par chilena la extradición del sujeto de 39 años. Solicitud que recientemente un ministro instructor de la Corte Suprema rechazó.

La investigación de la fiscalía de Argentina permitió acreditar que a las 10.30 de la mañana de aquel día de octubre del 2014, el oficial Garro se dirigió al barrio Toma El Mirador en la localidad de Añelo, en la provincia de Neuquén, Argentina. Hasta ese lugar llegó acompañado de otro funcionario policial, debido a un llamado por disparos que estaban realizando el chileno y su padre en contra de vecinos, con quienes tuvieron una discusión.

Chileno condenado por el homicidio de un policía.

En ese lugar, el policía gritó y se identificó, sin embargo, los chilenos siguieron disparando. A pesar de que el oficial se encontraba con chaleco antibalas, una de los proyectiles balísticos entró por el costado de su cuerpo y generó una grave hemorragia, lo que le quitó la vida inmediatamente.

Tras lo ocurrido, el resto de los policías de la localidad corrieron tras Ruiz y su padre, logrando ser detenidos en flagrancia. El 5 de octubre del 2015, el “Jurado Popular representante del Pueblo de Neuquén”, declaró culpable a Ruiz Herrera de los delitos de abuso de arma, tenencia ilegal de arma de fuego y homicidio calificado, condenándolo a cadena perpetua.

La pandemia incidió en el error

En la justicia argentina, consta que por la condena que tenía el chileno, este podría haber accedido a las salidas transitorias en octubre del 2029, y recién 20 años después de aquello podría haber optado a la libertada condicional, es decir el 2049. A pesar de aquello, el 25 de junio, y tras un dictamen judicial, oficiales de migraciones de Argentina trasladaron a Ruiz hasta el paso Pino Hachado, en la frontera, y lo entregaron a sus pares chilenos, quedando en libertad. La decisión se daba luego de que la justicia argentina dictara la expulsión del chileno sólo a siete años de haber sido condenado. Ruiz Herrera no lo podía creer.

Este hecho generó todo un revuelo al otro lado de la cordillera, puesto que sólo un año después de decretada su expulsión se descubrió el error. Esto generó la indignación de la familia de Garro, quienes se enteraron de lo que había ocurrido con el asesino del padre de dos hijas por una investigación periodística del medio LM Nuequén.

La madre del oficial, María Monsalve, aseguró a ese medio que “el error más grande fue no avisarnos y enterarnos gracias a su investigación. El preso no tiene la culpa de esta liberación, acá los responsables están en la justicia. Este dolor que me causa la justicia, no puedo superarlo. Es desgarrador todo esto, porque acá parece que la vida de un policía no vale nada”.

La jueza que visó dicho requerimiento judicial, Raquel Gass, explicó al mismo medio lo que había ocurrido, relacionándolo al funcionamiento remoto de la justicia debido a la pandemia. “Muchos funcionarios trabajaron en forma remota por la pandemia, entre ellos los de la fiscalía de ejecución de pena. Migraciones nos preguntó si ya estaba cumplido el requisito temporal de Ruiz Herrera. Como Neuquén tiene un sistema acusatorio, no corresponde que conteste yo, por lo que le trasladé a fiscalía para que dictamine si se encontraba, en este caso, cumplido el requisito temporal. Me llegó el dictamen del funcionario Carlos Caroselli diciendo que estaba cumplido por lo que se le informó a Migraciones que se encargó de hacer el operativo para expulsarlo del país”, aseguró la jueza.

Gass reconoció que “fue un error y en este caso no me cabe la menor duda de que se trató de un error. Es muy respetable el equipo fiscal de ejecución. De hecho, ni bien lo advirtieron al error me pidieron la captura”.

Un caso para la justicia chilena

El 25 de agosto del 2022, a través de la cancillería de Chile, Argentina solicitó la extradición de Héctor Ruiz Herrera. Un mes después, sobre él pesaba una alerta roja de Interpol para detenerlo de manera inmediata en caso de ser detectado.

Diez días después, según consta en el expediente, Ruiz Herrera fue detenido por la Policía de Investigaciones (PDI), quien notificó que había sido apresado en Temuco, donde estaba viviendo y trabajando. Tras esto, fue dirigido a la cárcel de esa ciudad, donde permaneció hasta el pasado 24 de enero cuando el ministro instructor de la Corte Suprema, Arturo Prado Puga, rechazó la solicitud y levantó las medidas cautelares que existían en su contra.

En su fallo, el ministro Prado argumenta que el procedimiento que dejó libre al chileno en Argentina está dentro de los procedimientos legales de ese país y que no fue impugnada por medio de los mecanismos que existen para aquello.

Si bien reconoce que lo ocurrido con la pandemia, y cómo esto afectó a los sistemas de justicia, establece que aquello “no puede significar pasar por alto los procedimientos que el legislador ha dispuesto en un Estado democrático de derecho, como tampoco restar fuerza a las resoluciones judiciales y/o administrativas y la fuerza de cosa juzgada que de ellas emana cuando no han sido oportunamente impugnadas”.

Finalmente, sostiene que las extradiciones se dan para evitar la impunidad de un hecho delictual en otro país, lo que no ocurrió en este caso y que el chileno retornó al país por “las actuaciones que esas mismas autoridades desplegaron y sostuvieron en el tiempo durante más de un año y dos meses, al entregarlo a las autoridades migratorias nacionales”. El Ministerio Público ya ingresó la apelación a la decisión del ministro instructor y será ahora el pleno de la Suprema el que deberá resolver aquello.

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