Cristián Precht: Corte Suprema ratifica rechazo a recurso de protección de exreligioso contra Arzobispado

En su resolución, la Corte Suprema estimó que la acción de Precht era inoportuna ya que el Papa Francisco lo había dimitido del estado clerical.


En fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte Suprema -integrada por los Ministros Sergio Muñoz, Arturo Prado y Ángela Vivanco, y los Abogados Integrantes Pedro Pierry y Julio Pallavicini- ratificó el pasado 24 de enero la sentencia de la Corte de Apelaciones que rechazó el recurso de protección que el ex sacerdote Cristián Precht interpuso contra el Arzobispado de Santiago y que descartó el proceder arbitrario de parte de la institución al aplicar, acorde con la ley canónica, cautelares al exsacerdote en el proceso de investigación previa de las denuncias de abuso sexual en su contra.

Precht –sacerdote ícono de la Vicaría de la Solidaridad en los '80- ya había sido separado de sus funciones sacerdotales en 2012, tras un proceso canónico que se siguió por denuncias de vulneraciones que habían salido a la luz un año antes. La sanción original de cinco años alejado del ministerio sacerdotal se cumplió en diciembre de 2017 y significó un duro golpe para la iglesia vinculada a la defensa de los derechos humanos. La crisis iniciada luego de que se conociera en 2010 la serie de abusos cometidos por el exsacerdote Fernando Karadima en la Iglesia de El Bosque llegó así a los llamados "sacerdotes progresistas" y no ha parado hasta hoy en que se han revelado acusaciones en contra del jesuita Renato Poblete.

En el caso de Precht, aparecieron en 2018 nuevas denuncias lo que motivó que se abriera otra indagatoria frente a la cual se impusieron resguardos como la obligación de residir en Santiago durante el proceso y su suspensión como religioso desde el 7 de agosto de 2018. Precht, en esta ocasión, decidió acudir a Tribunales porque consideraba que se habían pasado a llevar sus garantías.

Sin embargo, en su resolución la Corte Suprema estimó que la acción era inoportuna. Estimó que ya se habían remitido los antecedentes a la Congregación para la Doctrina de la Fe, que a su vez el 12 de septiembre del año pasado, presentó el caso al Papa Francisco quien tomó una decisión drástica: dimitirlo del estado clerical, lo que hace que el recurso carezca del sentido de la oportunidad. Según se detalla, un certificado sobre el tema, entregado por Arzobispado a la Corte, confirma que desde el 14 de septiembre, Precht "se encuentra liberado de los deberes propios del estado clerical, no pudiendo gozar de los derechos que emanan de éste, ni ejercer oficios, funciones o potestades eclesiásticas".

Sobre la base de esta información, se sostiene que "del mérito de los antecedentes resulta que la acción intentada ha perdido oportunidad, pues el hecho de encontrarse concluida la investigación desarrollada contra el señor Precht Bañados y la circunstancia de que actualmente, por decisión posterior del Sumo Pontífice de Roma, se encuentre dimitido del estado clerical, impide a esta Corte adoptar alguna medida sobre el particular. Así entonces y por constituir la adopción de medidas de resguardo ante la existencia de un acto arbitrario o ilegal, la forma como se cautela concretamente el legítimo ejercicio de los derechos y garantías que por esta vía se tutelan, es que el recurso interpuesto no puede prosperar". Por ende, "se confirma" el fallo original de la Corte de Apelaciones.

El voto disidente respecto de esta decisión fue del ministro Muñoz, quien estimó que las cautelares contra Precht, antes de la resolución del Papa, fueron "arbitrarias e ilegales" para el derecho canónico. Plantea "que la señalada normativa requiere, para apartar al acusado del ejercicio del ministerio sagrado o de un ejercicio o cargo eclesiástico, haber oído al promotor de justicia y citado al acusado, con el objeto de escucharle antes de disponer esa medida, actuaciones que en el presente caso fueron omitidas. Es más, no ha sido el sustanciador de la investigación quien decretó la medida 'ad cautelam' contra la cual se recurre, sino la autoridad que ordenó su instrucción".

Y agrega que a raíz de esta irregularidad, entre "el 18 de abril y el 12 de septiembre de 2018, el presbítero Cristián Precht Bañados se vio ilegal y arbitrariamente privado del ejercicio público del ministerio, circunstancia que procede hacer notar para los efectos que sean procedentes, puesto que con ello se le vulneró el derecho a ejercer libremente el culto que profesa, conforme le autorizaba su condición de sacerdote que entonces detentaba".

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