Incertidumbre y una demanda en tribunales: los factores que frenan el inicio de la era árabe en Universidad de Concepción

Universidad de Concepción, en un duelo de la última temporada (Foto: Agenciauno).

En el Campanil esperaban que 2024 marcara el inicio de la nueva etapa del club. Sin embargo, hasta ahora, salvo un anuncio formal, hay escasa claridad respecto del proceso. De hecho, la ofensiva legal de un grupo de socios pone derechamente en riesgo la operación.



En Universidad de Concepción esperaban el inicio de 2024 con ansiedad. La sensación no tiene que ver, necesariamente, con la motivación que suele rodear al cambio de calendario, aunque para los penquistas el hito debía representar, paralelamente, un cambio de era. Se presumía que el nuevo año arrancaría con un cambio de administración. Concretamente, que la entidad sureña pasaría a ser administrada por el grupo empresarial que lidera el árabe Rimoun Hanouch, quien hace casi un mes fue anunciado como el nuevo controlador de la institución.

El 31 de diciembre era, en rigor, la fecha establecida para los cambios. Al menos para los primeros. Ese día cesarían varias relaciones contractuales de funcionarios ligados a la corporación que, hasta ahora, a través de un Fondo de Deporte Profesional, administra a la entidad. Naturalmente, se aguardaba por el desembarco de Hanouch y los suyos. Sin embargo ese cambio de dirección no coincidirá con el inicio del nuevo ciclo. Hay varias materias que deben solucionarse antes.

Ofensiva legal

Una demanda interpuesta en el Primer Juzgado Civil de Concepción pone en riesgo la millonaria operación, que implicaría el desembolso de US$ 2 millones a costa de la concesión del club por los próximos 30 años. “Que, encontrándome en el plazo conferido por US., vengo en interponer demanda de nulidad absoluta de los actos jurídicos que se indicarán más adelante, en contra de CORPORACIÓN CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN (en adelante la Corporación), corporación de derecho privado sin fines de lucro, R.U.T.: N°73.279.600-2 y en contra del FONDO DE DEPORTE PROFESIONAL CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, mismo rol único tributario, ambas representadas legalmente por don GUSTAVO LECAROS LORCA, R.U.N.: N°12.520.149-0, Ingeniero Civil Industrial, todos domiciliados para estos efectos en Camino a Penco Km. 1,4, Ruta 150, N°3660, Concepción, en atención a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se indican”, consigna el inicio de la presentación a la que accedió El Deportivo ante el tribunal de primera instancia.

El escrito es patrocinado por el abogado Manuel Durán, en representación de un grupo de socios del club sureño que se oponen al negocio. A través de un comunicado públicos, los fanáticos definieron su postura. “Los socios declararon haber sido obviados de este proceso. Y, según sostienen, el mismo ha estado lleno de irregularidades que ahora deberán ser esclarecidas por la justicia”, exponen.

En ese plano, piden transparencia. “Para los efectos de aclarar las irregularidades y conocer de toda la documentación que ha llevado a este proceso, se interpuso una acción tutelar ante los tribunales de Concepción, que consiste en exhibir una serie de documentos requeridos por los socios. La audiencia para este efecto se llevaría a cabo el 13-12-2023, a la cual los representantes de la Corporación Fútbol UdeC no comparecieron, tal como se desprende del acta de audiencia que se verificó en la causa, donde aparece que, habiendo sido válidamente notificados, ningún representante de Corporación Fútbol UdeC se apersonó ante tribunales, encontrándose pendiente un pronunciamiento del tribunal, en relación con la solicitud de apercibimiento efectuado por el abogado Manuel Durán Vargas; para dichos efectos, adjuntamos a este comunicado copia del acta respectiva”, añaden en el mismo instrumento.

Rimoun Hanouch, a la izquierda, el nuevo controlador del Campanil.
Rimoun Hanouch, a la izquierda, el nuevo controlador del Campanil.

El origen de la disputa se remonta a abril de 2023, cuando una asamblea de socios aprobó la transformación del club en Sociedad Anónima Deportiva Profesional. “De acuerdo con una revisión efectuada, aproximadamente 400 socios se incorporaron a la Corporación sin haber cumplido los requisitos para ello, existiendo en las cuentas corrientes dineros de empresas relacionadas y correos electrónicos de funcionarios del club que habrían pagado en lugar de estas personas para dar vuelta la elección que transformaría la Fondo Fútbol en SADP, todo lo cual se espera se esclarezca en tribunales”, consigna el mismo comunicado.

Las acusaciones son concretas. “Dentro de las irregularidades a las que hace referencia, está la asamblea realizada el 27 de abril del 2023, continuadora de la asamblea del 03 de diciembre de 2022, donde se aprobó la transformación a SADP con votos de estos socios recién incorporados, que fueron representados por la dirigencia mediante poderes simples que nunca pudieron ser cotejados respecto a su autenticidad. Esto queda en evidencia al revisar un resultado con 360 votos a favor, en una urna en la que sólo hubo 41 papeletas. Sin ir más lejos, en una declaración emitida por los socios, informan que incluso el gerente del club votó por 174 personas, rompiendo la máxima de una persona un voto, principio consagrado en nuestra normativa”, añade.

La siguiente mención tiene que ver derechamente con el traspaso del club al grupo controlado por Hanouch. “Lo anterior, sin perjuicio de que en este proceso tampoco nunca se dieron a conocer quiénes serían los oferentes o controladores del Club Deportivo Universidad de Concepción, tan solo a través de un comunicado en sus RRSS, y a partir del cual la prensa se ha encargado de aclarar su condición de representante agente FIFA y de las personas que en Chile se harían cargo de nuestra institución”, establecen.

Tanto la elección del Directorio de la Corporación como la decisión de transformar el FDP a SADP adolecen de vicios que acarrean la nulidad absoluta de tales actos y que deben ser reparadas a través de esta acción civil. Y ello es porque básicamente la voluntad de la Corporación es inexistente al no cumplirse con las solemnidades legales, reglamentarias y estatutarias necesarias para manifestarse y ser jurídicamente válidas”, consigna la demanda. Las siguientes son consideraciones jurídicas que refuerzan esa postura.

Los dardos apuntan concretamente a la actuación del presidente del club, Gustavo Lecaros. “A mayor abundamiento, todos los actos desplegados por el órgano directivo de la Corporación, especialmente el de su Presidente Sr. Gustavo Lecaros Lorca y el Asesor Legal de la misma Sr. Juan Pablo Yáñez Abuter, configura lo prevenido en lo dispuesto en el artículo 44 del Código Civil para que su actuar sea calificado como doloso. Y aquello, tiene asidero pues, ellos sabían que no se podía realizar una votación mediante mandatarios y presionaron a todo evento a que la decisión tomara una cierta dirección, en uno de los casos, por ejemplo, aprobarse la transformación a SADP”, sostiene el escrito.

La acción expresa concretamente su objetivo. “Los socios que impetran este arbitrio de nulidad, lo hacen en protección al constructo realizado por las institución durante más de 20 años en dónde no solo se han obtenido logros deportivos de importancia sino que también en resguardo de los intereses económicos del Club, por ejemplo, que el Club no se traspase a privados en un precio irrisorio”, añade el documento puesto en conocimiento del tribunal.

Incertidumbre

Hanouch mira a distancia el transcurso de los acontecimientos. De hecho, no aparecerá por Chile hasta que, efectivamente, el traspaso se haya realizado. Está, naturalmente, inquieto. En fuentes de la negociación reconocen que el riesgo de que la operación se caiga existe y que se está mirando con atención lo relacionado con la ofensiva legal. De hecho, se encargó un estudio en derecho para determinar la factibilidad de la operación.

Por lo pronto, por ejemplo, adoptar decisiones deportivas es imposible. De hecho, las mismas fuentes reconocen que se han caído opciones de entrenador y de jugadores, ante la imposibilidad de formalizar relaciones contractuales y que no se suscribirá ningún tipo de compromisos hasta que, efectivamente, se vise el traspaso.

De esta parte, también hay una certeza: si no hay definiciones concretas respecto de un traspaso sin inconvenientes posteriores, la operación podría abortarse.

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