Corte de Apelaciones acoge recurso de protección y hockistas pueden reintegrarse a sus clubes

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Vanesa Jamett y Josefina Faure habían sido suspendidas por la Federación por participar en un Sudamericano de Clubes, del que se consagraron campeonas, que no consideraron oficial.



La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por las hockistas Valentina Jamett y Josefina Faure, en contra de la Federación Chilena de Hockey y Patinaje. Esto por haber sido suspendidas debido a su participación en el Sudamericano de Clubes reforzando al Concepción de Argentina, torneo del que fueron campeonas.

Al torneo realizado en Santos, en agosto de 2018, no asistieron equipos chilenos, quienes habían disputado su cupo en cancha, puesto que la Federación no lo tomó como oficial considerando que había un Panamericano de Clubes, que finalmente sería de Naciones. Sin embargo, sí hubo presencia nacional en el Sudamericano gracias a Jamett y Faure, quienes hicieron la pretemporada con Concepción y firmaron como refuerzos (también estuvo Catalina Flores, pero en otro equipo). En Chile están inscritas en el Club Estudiantil San Miguel y por la Asociación de esa comuna, pero estaba permitido que se incorporaran a otros planteles del torneo subcontinental que, a su vez, estaba validado por World Skate América y la Confederación Sudamericana de Patín.

Una vez que finalizó la cita en la que ambas se convirtieron en las primeras chilenas campeonas de esta categoría, se enteraron de que la Federación las había suspendido. Ellas fueron notificadas una vez que Estudiantil pidió la información al ente rector y no se especificaba el tiempo de la sanción.

Las jugadoras presentaron el recurso de protección para poder reintegrarse a sus clubes. Como argumentos tenían que no había fecha de inicio ni término del castigo, además de acusar que quienes participaron del Tribunal de Disciplina que decidió la sanción no eran presidentes de clubes, como dictan los estatutos federativos.

Luego de los trámites judiciales pertinentes y de la insistencia de las deportistas implicadas, quienes incluso en octubre fueron recibidas por el Ministerio del Deporte, la Corte determinó, el pasado viernes 1 de febrero,  que "de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se acoge, con costas, el recurso de protección presentado en favor de doña Vanesa Alejandra Jamett Flores, y doña Josefina Antonia Faure Muñoz, debiendo permitírseles reintegrarse al deporte que practican".

Lo anterior, según el texto esgrimido por la Corte, movido por la confusa defensa de la Federación. Se consigna que un oficio señala que las hockistas fueron citadas a comparecer ante el Tribunal de Disciplina, pero que ellas no comparecieron; que la sanción cuestionada es por "la evidente falta de disciplina en que incurrieron y por vulnerar normas internacionales"; pero que aquel oficio tiene una fecha errónea (16 de agosto) que no se condice con su envío (26 de agosto); además por la poca claridad que hay respecto a los criterios de la Comisión de Disciplina de la Federación.

"No existen antecedentes que acrediten que la decisión recurrida haya sido adoptada por el órgano competente, ni que la señoritas Jamett y Faure hayan sido citadas en los términos prescritos en el Reglamento antes referido (el de la Federación), lo que lleva a descartar que se hayan respetado la legalidad en el conocimiento del caso de las actoras", se lee en el escrito.

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