Azul Azul interpone recurso de nulidad contra la millonaria demanda de Mauricio Pinilla

Pinilla

La concesionaria presentó un escrito en la que solicita dejar sin efecto la sentencia dictada el 30 de noviembre, en la que el juzgado del trabajo obliga a pagarle $460.795.675 al delantero.



En Azul Azul no se rinden. Este jueves, el abogado José Joaquín Laso, representante de la concesionaria, interpuso un recurso de nulidad contra la millonaria demanda de Mauricio Pinilla. El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel decretó que Azul Azul debe pagarle al delantero $460.795.675 ($147.454.616 por concepto de indemnización, y $313.341.059 por lucro cesante); una millonaria indemnización que, en todo caso, dista bastante de los al menos mil millones que exigía el sanmiguelino en su acción judicial.

En el escrito, de 39 página, los funcionarios de la institución laica buscan dejar sin efecto la sentencia. "Tener por deducido el presente recurso de nulidad en contra de la Sentencia definitiva dictada el 30 de noviembre de 2018 por los vicios expuestos en el desarrollo de este escrito, acogerlo a tramitación y concederlo para ante la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, a fin de que dicho Tribunal, conociendo del mismo", dice el texto.

Los principales puntos son los siguientes: "1° Anule la sentencia definitiva dictada el 30 de noviembre de 2018 por adolecer del vicio de nulidad indicado en el artículo 477 que influye en lo dispositivo del fallo por infracción de ley a los artículos 152 bis I incisos 1°, 4° y 5° y 177 del Código del Trabajo, en relación a los artículos 13 y 20 del Código Civil y artículo 152 bis C del Código del Trabajo, según los argumentos indicados en el apartado IV, y que dicte sentencia de reemplazo disponiendo que la relación laboral terminó entre las partes el 27 de julio de 2018 por la causal prevista en el artículo 152 bis I incisos 1°y 4° del Código del Trabajo, con expresa condena en costas".

"2° En subsidio, si la primera causal de nulidad fuere rechazada, anule la sentencia definitiva dictada el 30 de noviembre de 2018 por adolecer del vicio de errónea calificación jurídica previsto en el artículo 478 letra c), según los argumentos indicados en el apartado V, y que dicte sentencia de reemplazo rechazando la acción vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, con expresa condena en costas".

"3° En subsidio, si la primera causal y segunda causales de nulidad fueren rechazadas, anule la sentencia definitiva dictada el 30 de noviembre de 2018 por adolecer del vicio de nulidad indicado en el artículo 477 que influye en lo dispositivo del fallo por infracción de ley a los artículos 489 inciso 3° y 489 inciso final, según los argumentos indicados en el apartado VI, y que dicte sentencia de reemplazo rechazando la acción de indemnización por lucro cesante interpuesta en contra del Club Universidad de Chile, con expresa condena en costas".

"4° En subsidio, si la primera, segunda y tercera causales de nulidad fueren rechazadas, anule la sentencia definitiva dictada el 30 de noviembre de 2018 por adolecer del vicio de nulidad indicado en el artículo 477 que influye en lo dispositivo del fallo por infracción de ley por infracción a los artículos 1556 del Código Civil y 172 del Código del Trabajo, según los argumentos indicados en el apartado VII, y que dicte sentencia de reemplazo rechazando o bien reduciendo conforme a derecho el monto de la indemnización por lucro cesante determinada, con expresa condena en costas".

El recurso, un día después, fue declarado admisible. "Se le declara admisible y se concede para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, para su conocimiento y resolución", cierra.

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